20 de enero 2012 - 14:00

Establecen requisitos para la inscripción como fabricantes de celulosa y papel para diarios

La Secretaría de Comercio Interior que conduce Guillermo Moreno aprobó los requisitos y mecanismos para inscribirse en el Registro Nacional de Fabricantes, Distribuidores y Comercializadores de Pasta Celulosa y Papel para Diarios. A través de la Resolución 4/2012 publicada en el Boletín Oficial, se establecen los requisitos y mecanismos contenidos en el Reglamento de la Ley 26.736.

Según establece la norma, en el registro creado por el artículo 28 de la ley deberán inscribirse todas las personas físicas y/o jurídicas mencionadas en el postulado 6º de la misma: los fabricantes, comercializadores, distribuidores y compradores de pasta celulosa y de papel para diarios.

El registro al que se refiere el artículo precedente funcionará en la Dirección Nacional de Comercio Interior, dependiente de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor de la Secretaría de Comercio Interior. Su será función recibir las solicitudes de inscripción, verificar la autenticidad de los datos y de la documentación que ésta consigne, confeccionando un legajo por cada una de ellas, el que será archivado de manera sistematizada, permitiendo su pronta localización y asegurando su custodia. Asimismo, deberá mantener actualizadas dichas inscripciones.

Los sujetos mencionados en el artículo primero de la 26.736 deberán indicar, si se trata de personas físicas, su nombre y apellido; matrícula individual; domicilio; teléfonos de contacto: líneas fijas y móviles; correo electrónico; página web; fax y sede de los negocios. También su condición tributaria y comprobantes de cumplimiento ante la AFIP y demás organismos nacionales, provinciales, municipales al que se encuentren obligados. Si se trata de personas jurídicas, además deberán indicar razón social; domicilio social; teléfonos de contacto: líneas fijas y móviles; correo electrónico; página web y fax.

Esta normativa busca asegurar que la industria nacional acceda a la fabricación, comercialización y distribución de dicho insumo, "de manera regular y confiable", según los considerandos de la resolución.

Se menciona además que la empresa Papel Prensa S.A.I.C.F. y de M. deberá presentar el primer Plan de Inversiones dispuesto en la Ley 26.736, ante la Secretaría de Comercio Interior hasta el día 29 de febrero de 2012.

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