Dictamen exprés al impuesto a autos de alta gama
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Feletti subrayó que el objetivo del texto es tener "mayor equidad tributaria", aunque no descartó que mañana en el recinto se realicen modificaciones a la iniciativa original.
Según dijo, podrían proponerse "segmentaciones" en el impuesto, algo que por el momento no se contempló.
"Algún tipo de segmentación debería haber, justamente para resguardar la industria automotriz", señaló Feletti sobre la propuesta, que fija el impuesto a los automóviles de valor superior a los $170.000.
El diputado kirchnerista aseguró que en lo que va del año se vendieron 800.000 autos y que de ese número solo 27.000 fueron de alta gama.
La oposición cuestionó la falta de antelación con la que se le comunicó la realización del encuentro, aunque los bloques de la UCR y el Frente Amplio Progresista admitieron que podrían acompañar el proyecto si se colocaba en el texto una cláusula que actualice la alícuota del impuesto, para evitar que éste alcance a automóviles de mediana gama en el futuro.
El jefe del bloque PRO, Federico Pinedo, sostuvo que la norma significa "generar un impuesto sobre la industria automotriz fenomenal".
A la vez, remarcó que en los casos en que la alícuota llega al 50%, se terminará pagando el doble por un auto de alta gama, de acuerdo a la fórmula de cálculo que está establecida en el decreto 296/97 reglamentario de impuestos.
Esa afirmación fue convalidada por Feletti durante el debate en comisión.
"Todo esto se reduce a que el Gobierno tiene un problema en el tipo de cambio", se quejó el macrista, al tiempo que señaló que "es un disparate, un impuesto a los ricos".
En tanto, el diputado de Nuevo Encuentro y aliado oficialista, Carlos Heller, consideró también que debería haber un "mecanismo de actualización" para el impuesto.
A la vez, destacó que "hay filas en los concesionarios para comprar autos de alta gama".
El texto establece una alícuota del 50% sobre los vehículos concebidos para el transporte de personas (excluidos los autobuses, colectivos) los preparados para acampar y los chasis con motor y motores para los vehículos precedentes, cuyo precio sin impuestos es superior a $170.000 y cuyo precio de mercado (venta en concesionarias) es actualmente mayor a $250 mil.
En el caso de las motos, se aplicará una alícuota de 30% cuando su precio sin impuestos se encuentra entre los $22.000 y $40.000 y en 50% cuando su precio sin impuestos supere los $40.000.
Para las embarcaciones concebidas para recreo o deportes y los motores fuera de borda se establece una alícuota del 30% cuando su precio sin impuestos se encuentre entre los $22.000 y $170.000 y del 50% cuando su precio sin impuestos sea superior a $170.000.
En el caso de las aeronaves, aviones, hidroaviones, planeadores y helicópteros concebidos para recreo o deporte, se establece una alícuota del 50% cuando su precio sin impuestos sea superior a $170.000.
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