9 de marzo 2016 - 20:00

Claves para las compras por internet en el exterior

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, adelantó que se volverá a permitir las entregas puerta a puerta de productos comprados en el exterior a través de Internet, y que habían sido limitadas por el Gobierno anterior, para lo cual están trabajando en los montos y bienes que estarán habilitados.

Desde el organismo están analizando con el Ministerio de la Producción cuál será el límite de compra, que durante el gobierno de Cristina de Kirchner se fijó en 25 dólares anuales, y aquellos bienes que se podrán importar sin afectar a los proveedores locales.

A partir de 2013, con la implementación del cepo cambiario y en un contexto de dólar barato, las compras al exterior vía Internet crecieron exponencialmente, al punto que se "importaban" zapatillas, ropa o pequeños equipos electrónicos a bajo precio.

Para cerrar esa salida de divisas, el Gobierno kirchnerista puso un límite de 25 dólares por año y, en la práctica, la obligación de ir a buscar el paquete a la Aduana, con sus respectivos trámites y demoras.

En la actualidad los pasos a seguir son los siguientes:

  • Antes de 2013 se entregaba en el domicilio mercadería de hasta 20 kilos, que se recibía por correo oficial expreso. Entre 20 y 50 kilos, podían llegar vía courier (prestadores internacionales como DHL, FedEx y UPS, entre otros). Sin embargo, se dieron de baja ambos casos tras la resolución 3579/2014, ya que obligó a presentar una declaración jurada de compra al exterior y a retirar la mercadería por el Correo Argentino.

  • Se impuso una franquicia de u$s 25 por persona para hasta dos compras por año por Internet.

  • Las compras particulares entre 25 y 999 dólares están gravadas con un arancel del 50% en concepto de derechos de importación sobre el valor de la mercadería deducida la franquicia.

  • Si la compra supera los u$s 1.000 pasa al régimen general de importación, que obliga a recurrir a un despachante de aduana para liberar la mercadería, previo pago de los tributos aduaneros.

  • En general, llega un aviso al domicilio informando que la mercadería se encuentra en el Correo. Allí se activa el proceso de la AFIP: llenar el formulario 4550, con carácter de declaración jurada. Para tal fin, el interesado debe contar con CUIL/CUIT y clave fiscal de nivel 2 como mínimo. Se accede al formulario ingresando con clave fiscal y luego en el apartado "Mis aplicaciones web". Allí se busca el formulario 4550 de "Compra a proveedores del exterior".

  • El formulario pide datos que van desde si la mercadería llegó por correo oficial o por courier hasta el ingreso del código identificador del envío (Ej. RD999999999AR).

  • También existe la posibilidad de declarar si se trata o no de una compra (es importante aclarar si es un obsequio porque, de esta manera, no es necesario abonar tributos).

  • Se pide el nombre del comercio (Ej. eBay), el número de orden de la compra, la fecha y la tarjeta de crédito usada (es conveniente imprimir el resumen).

  • Una vez que se finaliza la carga de datos, se presenta la declaración y se la acepta. Cuando la declaración aparece como "aceptada", al lado aparece el signo "$". Haciendo click allí se genera el VEP cuyo pago previo es necesario para retirar la mercadería.

  • Terminado el proceso fiscal de la compra realizada por Internet, comienza la larga cola de espera en el Correo Argentino para retirar la mercadería. Allí se debe abonar una tasa por almacenaje en función de la cantidad de días que permaneció la mercadería y, luego, enfrentar a la Aduana, que puede retener la mercadería si hay una prohibición.

    Cabe destacar, que por el servicio de correo oficial expreso no se puede traer ningún producto que tenga una finalidad comercial.

    En segundo lugar, aún cuando fuera sin fin comercial (uso particular, en cantidades mínimas y no regulares), hay limitaciones al Régimen Courier:


  • Todos los productos que se venden en el mercado que llevan la estampilla fiscal (de color verde, que dice AFIP) no pueden entrar por el Régimen Courier, es decir, puerta a puerta. Esto excluye desde relojes y bijouterie hasta juguetes.

  • Todos los productos que requieran intervención de terceros organismos (como Anmat, Senasa o INAL). Quedan afuera desde medicamentos, suplementos dietarios e incluso alimentos.

  • Todas las mercaderías que requieran presentaciones de "certificado de origen", lo que abarca la mayor parte de las prendas que la gente quiere comprar por Internet: ropa y calzado.

  • Los libros quedaron excluidos de la franquicia de los u$s 25, así como también los medicamentos con recetas médicas, e incluso obras de arte, y demás mercaderías de primera necesidad debidamente documentadas ante el servicio aduanero.
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