6 de mayo 2016 - 00:08

Confirman ventajas a Cablevisión para dar también telefonía móvil

• EN UNA MISMA ÁREA, COMO CAPITAL FEDERAL, PODRÁ USAR LAS REDES DE MÁS DE UNA COMPAÑÍA SIN LÍMITE DE BANDAS

 El Gobierno publicó ayer la resolución 38 del Ministerio de Comunicaciones que cambia el reglamento de los operadores móviles virtuales (OMV), que son aquellos que sin contar con bandas del espectro radioeléctrico ni infraestructura pueden ofrecer telefonía móvil. La consecuencia más importante de la medida es que permite a Cablevisión y en menor medida a otras empresas de TV por cable, ofrecer telefonía móvil a sus clientes apoyándose en las redes de los prestadores que pagaron por las licencias del espectro y que invirtieron para las instalaciones y las redes.

La norma cabalga sobre la necesidad evidente de alentar la competencia en un mercado que se reparte sólo entre tres empresas (Movistar, Personal y Claro), pero en la realidad la rentabilidad del negocio del operador virtual depende de conseguir un volumen importante de clientes que le permita ofrecer al público igual o menor tarifa que las del operador de red (OMR) aun pagando el precio de la utilización de la infraestructura.

Por ese motivo no se trata de una resolución que abre la puerta a muchos competidores sino a los que tienen capacidad económica para competir. Por eso parece hecha a la medida de Cablevisión del Grupo Clarín que tiene más de 4,5 millones de clientes en todo el país, de los cuales 1,8 millón también utilizan el servicio de internet a través de Fibertel. La empresa tiene además tarifas muy altas para redes ya amortizadas, lo que le permite ofrecer descuentos importantes para la incorporación de un tercer servicio, como la telefonía móvil.

Uno de los cambios más importantes es que la obligación de dar acceso e interconexión se extiende a todos los servicios (de la primera a la tercera generación) y no únicamente a los avanzados (4G) como surgía de la reglamentación anterior.

Otra modificación es que ya no hay limitaciones en cuando a las bandas de frecuencia que las prestadoras deben destinar a los operadores virtuales en una misma área de explotación, lo que beneficiaría la concentración en las zonas de más población y mayor poder adquisitivo.

Para ser operador virtual, una empresa debe estar inscripta en un registro especial y contar con Licencia Única Argentina Digital, instrumento que por el Decreto 267 (que modificó la ley de medios) ahora se otorga a todos los que dan servicios de radiodifusión, lo que habilita a Cablevisión en este nuevo negocio.

El operador de red y el virtual deberán firmar un acuerdo con "precios libres, razonables y no discriminatorios", y en caso de divergencia intervendrá el ENACOM (Ente Nacional de Comunicaciones) cuya decisión será obligatoria para ambas partes. El operador virtual podrá contratar con más de un operador de red por área, lo que le daría ventajas de calidad. Los operadores de red, además, quedan obligados a ofrecer a los virtuales la misma calidad que a sus usuarios, y los nuevos servicios o tecnologías que pongan a disposición de sus clientes.

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