Para Morales, la opinión de la ONU sobre Sala es "bastante liviana"
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"Casi diría que la línea argumental es la de la presentación del CELS", añadió respecto del Centro de Estudios Legales y Sociales que denunció el caso ante el Grupo de Trabajo junto a Amnistía Internacional (AI) y la agrupación Abogados y Abogadas del NOA en Derechos Humanos y Estudios Sociales (Andhes).
Esas entidades revelaron la semana pasada que el Grupo de Trabajo determinó que "hubo un entramado de 'acusaciones consecutivas' e inicio de causas judiciales para sostener su privación de libertad de manera indefinida en el tiempo" y remarcó que "en este caso se está vulnerando la independencia judicial".
Milagro Sala está acusada en Jujuy de malversar fondos destinados por la Nación para la construcción de viviendas sociales, en un causa donde además fue procesado el ex secretario de Obras Públicas, José López. También fue imputada de evasión fiscal y enriquecimiento ilícito. Pero por otro lado, pesa contra la militante social una acusación por instigación a cometer delitos y tumultos en concurso real, a raíz de la denuncia que hizo el Ejecutivo provincial de Morales y por amenazar de muerte a dos policías, el 13 de octubre de 2014.
Al mismo tiempo, desde el CELS, AI y Andhes refirmaron este martes que en su resolución "el Grupo de Trabajo consideró la información sobre todas las causas judiciales contra Milagro Sala, aportada tanto por las organizaciones que realizamos la denuncia internacional como por el propio Estado, y concluyó que 'la privación de libertad de la señora Milagro Sala es arbitraria' y que debe ser liberada".
El Grupo "entendió que Sala por su condición de parlamentaria del Mercosur contaba con fueros que impedían su detención" y que el encarcelamiento "se dio como resultado del ejercicio de sus derechos humanos", por lo que solicitó que sea inmediatamente liberada, que se investigue la violación de sus derechos y que el Estado informe cómo va a asegurar que estos hechos no vuelvan a repetirse.
Sin embargo, Morales sostuvo que la resolución aludida "se trata de una opinión que luego se reporta a la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, que no es vinculante, con lo que no genera ningún tipo de obligación sobre el Estado argentino o sobre el Poder Judicial".
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