5 de febrero 2017 - 14:57

Apelan el sobreseimiento de Scioli en causa por enriquecimiento ilícito

Daniel Scioli, exgobernador de Buenos Aires
Daniel Scioli, exgobernador de Buenos Aires
El apoderado el partido Es Posible Buenos Aires, Marcelo Peña, recurrió a la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires por la decisión del Tribunal de Casación Penal bonaerense de confirmar, en diciembre pasado, el sobreseimiento del exgobernador de la provincia de Buenos Aires, Daniel Scioli, en una causa por presunto enriquecimiento ilícito.

Peña ya había interpuesto un planteo similar ante la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata, pero no tuvo eco por lo que decidió recurrir a la Corte ya que consideró que "no se profundizó la investigación" en la causa, señalaron este domingo a Télam fuentes judiciales.

Por ello, pidió que se admita el recurso extraordinario de nulidad e inaplicabilidad de la ley interpuesto y que se revoque la sentencia absolutoria del ex mandatario bonaerense.

Luego de indicar que el fiscal que intervino en la causa ,Jorge Paolini, desistió de continuar con la investigación, Peña sostuvo que "existió un plexo probatorio excluido de su análisis tanto en el respectivo proceso como en la pretendida y ambigua sentencia absolutoria a la cual generó que el juez de Garantías no se valiera de ello y concluir así con una sentencia errónea y contradictoria".

Asimismo, dijo que se omitió "la posibilidad de un debido contralor" por parte de los organismos de control del Estado y que "los livianos argumentos del fiscal provocaron conclusiones que no se respaldan con rigor científico".

También criticó al Tribunal de Casación por no profundizar la investigación cuando dispuso que el demandante no tenía legitimidad para intervenir en la causa.

"Encontrarme o no legitimado no es presupuesto excluyente para ingresar al tratamiento del sobreseimiento", señaló.

El 30 de diciembre pasado, la Sala 1 de ese tribunal rechazó el recurso interpuesto por Peña, quien había planteado la nulidad del sobreseimiento dictado en octubre pasado por el juez de garantías platense número 3, Pablo Reale. Se trata de la causa en la que, en un controvertido trámite exprés, el magistrado había dictado el sobreseimiento de Scioli poco antes de las elecciones en las que el entonces gobernador bonaerense compitió como candidato a presidente del Frente para la Victoria (FpV).

En cuanto al sobreseimiento, fuentes judiciales consignaron que, con las firmas de los jueces Daniel Carral y Ricardo Maidana, la Sala 1 confirmó la decisión que había sido tomada en primera instancia.

"Se rechaza, con costas, el recurso de casación deducido y, por consiguiente, confirma la sentencia dictada oportunamente por la Sala IV de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial La Plata", indica la resolución, a la que tuvo acceso Télam, que lleva el número 1134., pero ahora Peña decidió recurrir a la Suprema Corte bonaerense.

La causa, iniciada el 24 de abril 2015 por Rafaél Oscar Velischek como denunciada fue motorizada por Marcelo Peña, quien como presidente del partido Es Posible Buenos Aires interpuso un recurso de casación , tras la resolución del 7 de septiembre de 2015 cuando el juez de Garantía, Reale, sobreseyó al exmandatario en los delitos por el que se lo denunciaba.

Entre los fundamentos del fallo de Casación, al que tuvo acceso Télam, se indica que "el doctor Peña se presenta en la causa invocando legitimación en su carácter de presidente del partido Es Posible, de la provincia de Buenos Aires" y destacó que " no se advierte de la lectura del recurso interpuesto por el doctor Peña cuáles serían las medidas pendientes de adopción, dada la vaguedad de los agravios formulados en los escritos presentados".

Indicó que la defensa de Scioli presentó el escrito "desarrolló los fundamentos conforme con los cuales, a su en entender el impugnante carece de legitimación activa".

Además, destacó que "en el caso se encuentra satisfecha la garantía de la doble instancia, puesto que el planteo de nulidad por cosa juzgada írrita fue rechazado tanto por el juzgado de garantías como por la Cámara interviniente".

También se refirió a la garantía constitucional que reclama una duración razonable del proceso, y recordó los efectos de cosa juzgada, por lo que en definitiva postuló "que se rechace el recurso intentado".

Dejá tu comentario

Te puede interesar