Vence el plazo para cargar en la web deducciones del Impuesto a las Ganancias
-
Luis Caputo explicó los motivos del pago en dos tramos de las jubilaciones
-
Pymes: advierten que pagan sobreprecios de hasta 150% en insumos internacionales
El límite de deducción es de $19.889,00, anual, por cada hijo o hijastro; o $1.657,41 mensual.
• Créditos hipotecarios: En caso de poseer créditos hipotecarios, solo corresponderá la deducción de los intereses con un límite anual de $20.000,00.-.
• Servicio doméstico: Procede la deducción del personal de servicio doméstico por parte de su empleador, únicamente si se encuentra registrado ante AFIP. Los conceptos a deducir deberán ser cargados de manera mensual hasta un tope de $42.318,00 anual.
• Otras deducciones: Medicina prepaga: hasta el límite del 5% de la ganancia neta anual. Gastos y honorarios médicos: hasta el 40% de lo facturado no reintegrado por la prestadora y mientras que dicho importe no supere el 5% de la ganancia neta anual. Gastos de sepelio: tope de $ 996,23 anual. Seguro de vida: límite de $ 996,23 anual. Aportes jubilatorios: aquellos que no estén incluidos en el sueldo. Donaciones: el monto máximo es el equivalente a 5% de la ganancia neta anual.
Dejá tu comentario