29 de mayo 2017 - 22:25

El proceso del importador

Por qué los funcionarios están expuestos a denuncias penales por rechazar las licencias no automáticas de importación.

El proceso del importador
La licencias no automáticas de importación de determinados suman rechazos por motivos no contemplados en la normativa nacional e internacional. La Secretaría de Comercio, a través de la Dirección Nacional de Facilitación del Comercio Exterior, solicita información para configurarse un perfil financiero-contable de los importadores y, cuando la respuesta brindada no cumple con los requerimientos, se rechaza el pedido.

El Gobierno puede pedir información, pero no puede objetar un permiso de importación porque la empresa no satisfizo la formalidad del requisito oficial. Así, no pocos penalistas sugieren que la conducta de los funcionarios se encuadra ya dentro de la tipología penal de abuso de la autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público e incluso malicia o temeridad.

Ejemplos

Una empresa, a través del SIMI, solicita una licencia no automática para importar un producto. El director de Importaciones de la Secretaría de Comercio, Esteban Marzorati, responde que la solicitud se encuentra bajo análisis y que es preciso presentar información adicional:

• Últimos dos balances certificados.

• Contrato o estatuto social certificado.

• Acta de designación de autoridades o poder, certificado.

• Certificado fiscal de la AFIP para contratar.

• Certificación de calificación crediticia en el sistema financiero;

• Traducción legalizada de las facturas.

• Declaración jurada del personal a cargo (formulario 931 de la AFIP).

Toda esta documentación debe presentarse certificada ante escribano y en un plazo que va de los 5 a los 10 días hábiles. "A un cliente pyme, sólo traducir las facturas y certificar el balance le cuesta $ 8000. Responder en esos tiempos es materialmente imposible. Lo peor es que piden exactamente lo mismo por cada SIMI presentada, no importa si ya lo presentó con anterioridad", señaló un abogado que pidió reserva para no exponer a su cliente. Hay ocasiones donde se insinúa cierta mala fe. Según documentación a la que accedió TRADE, la Secretaría observó una presentación porque las licencias no estaban cargadas en el sistema y le otorgó a la compañía 10 días hábiles. "A un cliente pyme, sólo traducir las facturas y certificar el balance le cuesta $ 8000. Responder en esos tiempos es materialmente imposible. Lo peor es que piden exactamente lo mismo por cada SIMI presentada, no importa si ya lo presentó con anterioridad", señaló un abogado que pidió reserva para no exponer a su cliente. Hay ocasiones donde se insinúa cierta mala fe. Según documentación a la que accedió TRADE, la Secretaría observó una presentación porque las licencias no estaban cargadas en el sistema y le otorgó a la compañía 10 días hábiles para subsanarlo.

Al sexto día hábil, el apoderado de la firma presenta en la Secretaría documentación que constata que la información había sido efectivamente "cargada", por lo que solicita se tengan por cumplidos los requerimientos. La nota cuenta con el sello de Mesa de Entradas. A los 17 días hábiles llega la respuesta de Pablo Lavigne, director nacional de Facilitación del Comercio de la Secretaría, donde le responde a la empresa que se rechazan las licencias por no haber "dado cumplimiento a los requerimientos previos".

En off, los letrados reconocen que persiste el temor de los empresarios de avanzar más allá de una cautelar y presentar una denuncia penal. "Nadie quiere llevarse mal con los funcionarios" y "ninguno quiere recibir una (inspección) integral de la AFIP" como represalia, son las explicaciones corrientes.

Para Federico Mencarini, abogado aduanero, "hay incumplimiento de la normativa y claros ejemplos de abuso de autoridad" en el rechazo de las licencias. "El desafío es lograr que la justicia penal entienda la problemática de la normativa internacional y vea configurada la desobediencia del funcionario de forma arbitraria", explicó Mencarini.

El penalista Nicolás Ramírez, confirmó que las conductasde los funcionarios actuantes podrían dar lugar a una denuncia penal "en los términos del artículo 248 y 249 del Código Penal", es decir, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes del funcionario público, respectivamente. "Nadie va preso por esto", reconoció, pero señaló que "como toda denuncia penal, puede dar lugar a una condena", que contempla desde penas de prisión hasta la inhabilitación para ejercer cargos públicos.

En tanto, el abogado especialista en derecho aduanero, Gustavo Zunino, descarta la viabilidad de una acción penal contra los funcionarios. "Están en medio de una política difícil, que deja disconformes tanto a importadores como a la producción nacional", argumentó. Respecto de los pedidos de información para delinear un perfil financiero y contable de la empresa que tramita una licencia, señaló que "no deberían pedirlo, pero pueden". "Parecerían pedidos redundantes, porque la AFIP tiene esos registros", agregó.

Otro abogado señaló que "en la OMC, cuando la Argentina perdió el laudo de las DJAI, el Gobierno (actual) se presentó en mismo comité con las SIMI, y tanto Japón como la Unión Europea dijeron que no veían que eso fuera un cumplimiento acabado del laudo, lo que deja abierta la puerta a una nueva denuncia internacional". En Tribunales explican que están más "exigentes" ahora luego de los 4000 contenedores descubiertos en 2016 con "DJAI duplicadas". El Gobierno le dijo a la justicia que estaban dando cautelares "con demasiada facilidad a empresa truchas".

"Se pasa, como siempre, de un extremo al otro, y en el medio las empresas legítimas, con años de importaciones legales, se ven afectadas". El GATT reconoce "la necesidad de reducir al mínimo los efectos y la complejidad de las formalidades de importación y simplificar los requisitos relativos a los documentos exigidos (artículo 8)". Esto aplica a las licencias. En tanto, la ley 24.425 (Acuerdo sobre procedimientos para el trámite de licencias de importación) establece que los formularios de solicitud, el procedimiento e incluso la renovación de las licencias serán "de la mayor sencillez posible". "Ninguna solicitud -continúa, en su artículo 7- se rechazará por errores leves de documentación que no alteren los datos básicos contenidos en la misma". Puntualmente para el caso de las licencias no automáticas de importación, el artículo 3 establece que el trámite "no tendrá efectos de restricción" y que "no entrañarán más cargas administrativas que las absolutamente necesarias para administrar la medida". La Administración, en tanto, puede requerirle al importador "en cualquier instancia del trámite, información o documentación sobre cualquier aspecto de la operación y/o mercadería involucrada", destaca la resolución 5/15 del Ministerio de Producción, autoridad de aplicación en la materia. Pero nada dice de rechazarlas si esa información es incompleta.

Hay empresas que fueron por la vía cautelar y vieron cómo la justicia le pidió explicaciones al Ministerio de la Producción por los requisitos solicitados. El Ejecutivo argumentó que buscaba "establecer la capacidad real contable e idoneidad financiera (de la firma) para llevar a cabo la operación", y añadió respuesta de la AFIP que confirmaba: "La citada empresa no contaría con un respaldo patrimonial, económico y/o financiero suficiente para afrontar las solicitudes de importación realizadas". La financiación del proveedor del exterior (o tener un socio extranjero) no salvaría, a los ojos del Fisco o de Producción, la posibilidad de realizar la importación.

Muchas cautelares fueron otorgadas porque "el "peligro en la demora se encuentra suficientemente acreditado si se tiene en cuenta los altos costos de almacenaje, en caso de no lograr la liberación de la mercadería importada en tiempo oportuno". Otras fueron rechazadas. Importadores consultados, en off, reconocieron tener entre 10 y 12 contenedores frenados en el puerto, con mercadería pagada "porque ya no hay problemas para girar divisas"; o con planteos de perder franquicias internacionales por no haber cumplido con las campañas de promoción en temporada.

El problema afloró este año, pero no por una avalancha de importaciones. En 2016, el Gobierno arrancó liberando todas las DJAI y autorizando el mismo "cupo" importado en 2015. Sirvió en 2016, porque el mercado estaba "planchado". Este año, se agotó aquel stock. Se insinúa una tímida recuperación económica (y el dólar sigue barato). Como antes, hay frenos de forma. La diferencia: se frenan menos productos. Y lo dejan por escrito. En innecesaria exposición.

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