31 de mayo 2017 - 07:52

La AFIP también accederá a los datos de argentinos en Panamá

• EL TRATADO SE FIRMÓ AYER Y COMIENZA A OPERAR EN 2018
Es el estado N° 51 en abrir su mercado financiero e impositivo para que el organismo local pueda obtener información de eventuales evasores locales. En septiembre comienza el acuerdo global con otros 50 estados.

Información. Alberto Abad se reunió ayer en la AFIP con el vicecanciller panameño Luis Miguel Hincapié. Habrá intercambio de datos financieros.
Información. Alberto Abad se reunió ayer en la AFIP con el vicecanciller panameño Luis Miguel Hincapié. Habrá intercambio de datos financieros.
Panamá se convirtió ayer en el estado número 51 que abrirá sus datos financieros para que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pueda acceder de manera automática. La apertura de los datos comenzará el 1 de enero de 2018; y, se supone, le permitirá al organismo acceder directamente a las cuentas y movimientos financieros de argentinos en uno de los mercados donde más se sospecha que hay movimientos no declarados de contribuyentes anotados en el sistema criollo.

El titular de la AFIP, Alberto Abad, firmó ayer el acuerdo con el viceministro de Relaciones Exteriores de Panamá, Luis Miguel Hincapié, en el que además la Argentina se compromete a apoyar el tratado "Fast Track" solicitado por Panamá ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), para que se le quite a ese país la calificación de "no cumplidor" con las políticas internacionales de persecución del lavado de dinero. Esa organización internacional había señalado hace un año a Panamá como un estado que no colaboraba con la política de apertura de los datos del sistema financiero para el control de evasión impositiva y lavado de dinero, posición que ahora el estado caribeño quiere limpiar. La idea panameña es que en julio de 2017, cuando el G-20 vuelva a reunirse, este grupo de países recomiende el levantamiento de las sanciones para Panamá. De alguna manera, la Argentina podría convertirse en el padrino del cambio de calificación.

El acuerdo con Panamá se suma a los firmados con otros 50 estados, los que desde septiembre permitirán que la AFIP acceda automáticamente a la información de los contribuyentes argentinos y extranjeros residentes en el país y que tributan en el sistema local. A su vez, la Argentina también abrirá sus datos financieros a los otros sistemas para que el intercambio sea recíproco. Entre los países con los que se firmaron estos acuerdos figuran España, Suiza, Francia, Brasil, Rusia, Reino Unido, Noruega, Italia, Islandia junto con la mayoría de los países europeos, mientras se especula con que desde el 1 de enero se sumen otros 50 estados, entre ellos varios de los principales ex paraísos fiscales. También se negocia en tiempo récord el acuerdo por el cual la apertura financiera se ampliaría a los Estados Unidos, con el que sólo vale un tratado bilateral, ya que no adhirió al pacto con la OCDE.

La decisión de abrir los datos de los inversores extranjeros en la Argentina a los estados con los que el país tiene acuerdos de intercambio de información financiera tributaria se había tomado a través de la Resolución General 4056, que reglamentó los alcances de este tipo de aperturas y según la cual todos los bancos (nacionales y extranjeros, públicos y privados), compañías financieras, aseguradoras y administradoras de fondos en general tendrán hasta el 30 de junio para enviar los datos a la AFIP vía informática y de manera obligatoria. Luego el organismo lo preparará en "celdas" por países, para luego enviarlos de manera oficial a la OCDE, que desde septiembre los pondrá en vigencia en una gran base central de los 50 países, para que cualquiera de los firmantes pueda verificarlos de manera automática. A partir de ese momento, la AFIP podrá verificar sin consultar a jueces extranjeros o a los organismos recaudadores (o la repartición pública que corresponda) si un residente argentino tiene cuentas con dinero por más de 250.000 dólares en el sistema financiero de alguno de esos 50 países, y tomar esa información como oficial para luego controlar si ese dinero está declarado en tiempo, cantidad y forma. Si no lo está, podrá pedir la información de manera oficial, y presentar la documentación como datos reales y judiciables para acusar al contribuyente de evasión. Por el monto, de confirmarse la acusación, le correspondería al contribuyente acusado la aplicación de la Ley Penal Tributaria que impone prisión efectiva por parte de la Justicia.

Contribuyentes

Sobre la Base Central de la OCDE, a la cual le transferirá la totalidad de la información sobre los contribuyentes extranjeros que tengan dinero depositado en las entidades financieras del país (y que se mantendrá actualizado una vez por mes cada junio), se afirma que el organismo internacional será quien garantizará la transmisión de los datos a los estados firmantes, garantizando la confidencialidad y el resguardo de la información. La Argentina está obligada a entregar esta información, ya que fue uno de los firmantes en octubre de 2014 del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes, por el cual se obliga a cumplir con el estándar para el Intercambio Automático de Cuentas Financieras de No Residentes, como país miembro del G-20 y asociado a la OCDE.

Los datos de los extranjeros que en junio girarán los bancos locales y que en septiembre la AFIP pondrá a disposición de la OCDE (y luego de los países firmantes) incluye el nombre y apellido de los extranjeros no residentes con dinero en la Argentina, su razón social o denominación legal, su dirección, residencia fiscal y datos de nacimiento, siempre que se trate de una persona humana. Si es una persona jurídica, se incluye la denominación legal, dirección, residencia fiscal y la identificación fiscal. Luego se incorporará el capítulo financiero, con la entidad donde se haya realizado la operación, el número de cuenta, la identificación bancaria, el saldo de la cuenta y en el caso de la contratación de un seguro, el dinero depositado en cuentas o el valor de rescate contratado o liquidado junto con las anualidades. En todos los casos se deberá declarar el dinero en la moneda en que esté depositado.

Dejá tu comentario