Avanza en Diputados la reforma a la ley de alquileres
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Durante la reunión, Gervasio Muñoz, de Inquilinos Agrupados, sostuvo que "lo que está fallando es la concentración de viviendas, cada vez hay menos propietarios", y apuntó que en la ciudad de Buenos Aires, "el 35 % de la población son inquilinos".
En este contexto denunció que pese a que "aumentar el precio de los alquileres está prohibido desde el año '91, en todo el país aumenta cada 6 meses" y el incremento ronda "el 15 por ciento", lo que obliga a destinar "la mitad de nuestro salario a pagar nuestros alquileres".
Armando Pepe, de la Cámara Inmobiliaria Argentina, advirtió que la propuesta aprobada por el Senado "es contraproducente para la actividad inmobiliaria" y advirtió que "tener un contrato por dos años con la posibilidad de rescindirlo a los seis meses, le da la posibilidad (al inquilino) de mudarse cuando quiera".
Facundo Di Filippo, ex diputado en la legislatura porteña por el partido Social y miembro de Colectivo por la Igualdad, evaluó que el proyecto que tiene media sanción es "de mínima" aunque consideró que "es importante acompañar".
"La exigencia que tenemos nosotros es que el Congreso trabaje en una norma definitiva. Hace dos años, tanto el Banco Mundial como el BID vienen exigiendo políticas en materia de renta", agregó Carlos María Ipuche, presidente del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de San Isidro (CMCPSI), defendió la función del sector y cuestionó la norma, mientras que Leandro Vera Belli del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) sostuvo que "no puede ser que el alquiler quede liberado al mercado inmobiliario".
La propuesta que se discute fue aprobada por unanimidad en el Senado en noviembre de 2016, y establece la extensión a tres años el plazo de contratos de alquiler pero también dispone que los aumentos anuales no superen la inflación registrada por el INDEC.
La iniciativa, que fue impulsada por la organización Inquilinos Agrupados, implica una modificación el Código Civil y Comercial de la Nación.
El proyecto también manifiesta que si el destino del alquiler es habitacional "no podrá cobrarse el pago anticipado de alquiler mayor a un mes" y que "los depósitos tendrán que tener un importe equivalente al de un mes de alquiler".
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