11 de septiembre 2017 - 23:57

Congreso: alerta por amnistía para piqueteros en 48 horas

• ANTEPROYECTO IMPULSADO POR CTA AUTÓNOMA ES EMPUJADO POR LIBRES DEL SUR Y LA IZQUIERDA
Magistrados de todo el país “deberán ordenar de oficio y sin sustanciación la extinción de la acción penal y/o de la pena” dentro de ese plazo, según plantea la iniciativa. Dardos a los K y al macrismo.

Permitido. Diputados de Libres del Sur y la izquierda escucharon las exposiciones de la CTA autónoma, que llevó el anteproyecto. Participó Nora Cortiñas, de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora.
Permitido. Diputados de Libres del Sur y la izquierda escucharon las exposiciones de la CTA autónoma, que llevó el anteproyecto. Participó Nora Cortiñas, de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora.
En pleno festín de piquetes -pocos son por causas racionales y pacíficas-, Libres del Sur y la izquierda retomaron el empuje de un anteproyecto de ley impulsado por la CTA que obligará a "los magistrados de todo el país intervinientes en las causas" originadas por trifulcas durante los reclamos a "ordenar de oficio y sin sustanciación la extinción de la acción penal y/o de la pena" dentro de un plazo "no mayor de 48 horas".

La iniciativa impone "el sobreseimiento del imputado y -de encontrarse cumpliendo prisión preventiva- su inmediata libertad, en aquellos casos en que no hubiera sentencia firme"; "el cese de la condena y de todos sus efectos y la inmediata libertad del condenado, cuando existiera sentencia firme"; y "la extinción de los antecedentes penales".

El texto establece en su segundo artículo la "extinción de la pena y/o la acción penal en todas las causas judiciales contra personas imputadas a raíz de su participación en hechos ocurridos con motivo y finalidad de reivindicación social, de derechos humanos, económica, política, laboral sindical, gremial, cultural, estudiantil, ambiental, de usuarios, de derechos de los pueblos originarios, de salud, de educación, de justicia, de género e identidad sexual a las que se les impute una figura penal, cualquiera sea el bien jurídico lesionado y el modo de comisión".

Además deja claro que la medida englobará "todas las consecuencias penales" y "sanciones no penales, ya sean disciplinarias, administrativas o contravencionales"; y agrega que "nadie podrá ser interrogado, investigado y/o citado a comparecer por imputaciones o sospechas de haber participado en los hechos" que contempla el proyecto.

Quedan excluidos "los hechos represivos y/o tareas de inteligencia cometidos por funcionarios públicos, integrantes de fuerzas armadas, policiales, de seguridad, de inteligencia o de cualquier otra organización estatal"; también por "personas que hayan actuado en forma conjunta o coordinada o mediante acuerdo expreso o implícito con aquellos"; y los realizados por quienes busquen "impedir o limitar las manifestaciones de protesta social".

Del otro lado, quedan incluidos en la iniciativa movilizaciones laborales y sindicales por cierre de empresas, despidos, suspensiones, demoras en las retribuciones, demanda de fuentes de trabajo, aumentos, mejoras de las condiciones laborales (impositivas, jubilatorias); los reclamos "tendientes a obtener satisfacción de necesidades o reconocimiento de derechos, en particular la entrega de alimentos, acceso a la vivienda y/o salud".

Se permitirá, por otra parte, "el accionar de dirigentes y/o integrantes de agrupaciones sociales, gremiales, de desocupados" relacionado "con la confección de listas de beneficiarios de planes sociales, su distribución y/o adjudicación"; los "cortes de ruta u otras vías públicas o interrupción de tránsito terrestre, naval y/o aéreo"; y la "ocupación" de "edificios públicos o privados" con motivo de los reclamos en cuestión.

En los argumentos del anteproyecto, la CTA autónoma reparte dardos por igual con el kirchnerismo y el macrismo: señala "que ante un creciente aumento de los reclamos populares, se torna cada vez más frecuente la utilización de los procedimientos legales con el inocultable propósito de amedrentar a los actores sociales, acallar sus reclamos, desarticular los movimientos sociales, deslegitimar la protesta".

La central gremial además expresa que "innumerables manifestaciones de la protesta popular se han desarrollado durante estos años: puebladas, movilizaciones, cortes de ruta, huelgas, escraches, acampes, piquetes, huelgas de hambre, ocupaciones de fábricas, de tierras y de edificios públicos, han sido distintas expresiones de la legítima protesta de nuestro pueblo".

Curioso fundamento utiliza la CTA autónoma. "El Congreso de la Nación dictó la Ley N° 20.508 (B.O. 28/05/73), a pocos días de asumir la presidencia Héctor Cámpora. A través de esa ley de amnistía se dispuso la extinción de la acción penal y de la pena en causas judiciales en las que se imputaba la comisión de actos motivados por una finalidad política (...) Hoy, a cuatro décadas de aquel debate, y más de tres décadas de vigencia ininterrumpida del régimen constitucional, resulta imperioso el dictado de una amnistía a fin de neutralizar la escalada represiva del Estado en la vida social".

Dejá tu comentario