25 de septiembre 2017 - 08:37

El Ministerio de Salud reglamentó el registro de electrodependientes

Las inscripciones pueden realizarse a través de un formulario que se descarga del Portal Web del Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS), que debe ser por el interesado y el médico tratante consignando el resumen de historia clínica, patología y equipamiento médico que considere necesario para evitar riesgos en su vida o su salud.
Las inscripciones pueden realizarse a través de un formulario que se descarga del Portal Web del Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS), que debe ser por el interesado y el médico tratante "consignando el resumen de historia clínica, patología y equipamiento médico que considere necesario para evitar riesgos en su vida o su salud".
El Ministerio de Salud reglamentó el Registro de Electrodependientes, que fija las condiciones de acceso y dispone un plazo de seis meses para la inscripción de los beneficiarios del tratamiento tarifario gratuito, según una resolución publicada en el Boletín Oficial.

La resolución lleva el número 1538-E/2017 y reglamenta las disposiciones de la ley Nº 23.751 que fijó como "soporte de vida" a equipos relacionados con la ventilación invasiva y los de ventilación no invasiva (VNI), de diálisis peritoneal automatizada (DPA) domiciliaria y de bomba de infusión continúa, bomba de alimentación enteral o parenteral.

En la medida, el Ministerio establece que también "podrá conferir la condición de Electrodependiente por Cuestiones de Salud a otras personas que así lo acrediten, teniendo en consideración las circunstancias del caso".

Las inscripciones pueden realizarse a través de un formulario que se descarga del Portal Web del Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS), que debe ser por el interesado y el médico tratante "consignando el resumen de historia clínica, patología y equipamiento médico que considere necesario para evitar riesgos en su vida o su salud".

Luego, el interesado deberá ingresar nuevamente al portal del RECS y adjuntar el formulario debidamente completado y la boleta de luz y posteriormente, dentro de un plazo de 60 días, acercar el formulario original a la Subsecretaria de Gestión de Servicios Asistenciales. 

La resolución establece que "de acuerdo a los antecedentes, la inscripción en el RECS podrá determinarse por el término de 6 meses, 1 año o 2 años".

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