3 de octubre 2017 - 21:42

Fallo de Cámara confirma que los depósitos judiciales regresan al Banco Ciudad

Fallo de Cámara confirma que los depósitos judiciales regresan al Banco Ciudad
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal se pronunció este martes declarando la inconstitucionalidad de la denominada "Ley Conti" del año 2012 (Ley 26.764) que le quitaba al Banco Ciudad los depósitos judiciales que desde 1966 se realizaban en la entidad.

La sentencia de la Sala III que establece el regreso de los depósitos judiciales al Banco Ciudad, destacó los evidentes perjuicios que ese régimen legal le causaba a la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, a la entidad financiera y a las políticas vinculadas con la promoción del crédito social para la vivienda.

El fallo de Cámara genera certidumbre luego de una prolongada disputa legal que el Banco Ciudad inició en el año 2012, en contra de una decisión considerada abusiva por parte del anterior gobierno nacional, la cual le había quitado el flujo de depósitos judiciales que percibía la entidad, equivalente a unos $1500 millones por año.

Durante el debate de la Ley Conti, el entonces senador del FpV Aníbal Fernández había argumentado que "Hay 2100 millones de pesos que van a las grandes empresas, eso es lo que estamos discutiendo, están financiando empresas en lugar de priorizar el crédito hipotecario y de pymes".

"Si hay un lugar donde se pueden conseguir fondos es en esta Ciudad", dijo Fernández y sostuvo que la entidad bancaria porteña deberá trabajar para obtener fondos de otros sitios porque "los fondos judiciales sobre los que se está debatiendo le pertenecieron siempre al Nación", argumentó en el debate.

Tres años después, sin embargo, en 2015, los depósitos judiciales, fueron recuperados parcialmente para el Banco Ciudad tras una medida cautelar. "La Ley Conti tenía la clara intencionalidad política de dañar al gobierno porteño, sin importar las consecuencias que esto tenía para la gente. Esto empieza a corregirse a partir de esta decisión de la Justicia", había sostenido Rogelio Frigerio, titular del Banco Ciudad, en esa oportunidad.

Ahora, ese fallo de 2015 quedó convalidado tras una decisión judicial de segunda instancia. Como señaló la Cámara en su fallo: "el Banco Ciudad ha montado su modelo de negocio teniendo como fuente de recursos los depósitos judiciales y que ello le ha permitido otorgar créditos a largo plazo- al momento del informe - con carácter único en el mercado como los préstamos hipotecarios a 20 años a tasa fija de interés, tanto dirigidos a individuos como a empresas radicadas en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires".

Asimismo, continúa: "Estos fondos también han sido un factor clave para sostener la llamada "Banca Social", cuyos precios y condiciones facilitan el acceso al crédito de los sectores sociales de menos recursos. Por otra parte, el Banco Ciudad se encuentra a la vanguardia en la informatización de los pagos y depósitos judiciales mediante un sistema realizado después de 10 años de trabajo conjunto con la Corte Suprema de Justicia de la Nación denominado Extranet Judicial".

También destaca que "desde el año 2002 al año 2012, el Banco Ciudad creció sostenidamente en los préstamos otorgados al sector privado no financiero, colocando el 40% de los créditos para Pequeñas y Medianas Empresas otorgados en la Ciudad de Buenos Aires en el periodo 2009-2012. En este segmento crediticio tan ligado al desarrollo de la producción y demandante de mano de obra, el Banco Ciudad no hubiera podido brindar las condiciones especiales en materia de tasas de interés y plazos de no haber contado con el fondeo estable judicial".

La ley 26.764 fue sancionada el 12 de septiembre del año 2012, quedando derogada la ley 16.869 del año 1966, y estableció que todos los fondos - sólo el Fuero Civil se depositaba en el Banco Nación - que surjan de las nuevas causas judiciales debían depositarse en el Banco Nación, quedando en el Banco Ciudad el stock de fondos que ya tenía la justicia depositados por distintas causas en trámite.

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