31 de octubre 2017 - 22:50

Tributaristas marcaron puntos a favor y en contra de la reforma

Santiago Saenz Valiente, Ezequiel Passarelli y Jorge Gebhardt.
Santiago Saenz Valiente, Ezequiel Passarelli y Jorge Gebhardt.
Ambito.com recolectó la opinión de tres tributarias sobre el proyecto de reforma tributaria que presentó este martes del Gobierno. Los especialistas coinciden en que era necesario un cambio en los impuestos del país por lo que saludaron la iniciativa. Sin embargo pusieron varios reparos al proyecto que llegará al Congreso en las próximas semanas.

Veamos:

SANTIAGO SAENZ VALIENTE
Socio del Estudio Santiago Saenz Valiente y Asoc. SRL

Reforma en general: La reforma tributaria no creo que sea solamente esto, porque debería haber cambios en la parte procedimental. Preocupa -si se mantiene- la existencia de saldos a favor provocados por percepciones, pagos a cuentas, impuesto al crédito que en definitiva exceden la obligación fiscal total. Si no hay una devolución inmediata termina teniendo un costo de mínimo financiero.

Meta del 1,5 del PBI: Probablemente es poco, pero no se trata solo de resolver la cuestión de presión fiscal total sino de cobrar los impuestos en forma equitativa a quienes tienen la verdadera capacidad contributiva. En este punto es preocupante que ni se hable de la falta de corrección de resultados por inflación.

Reducción a ganancias de empresas: Sobre la reducción del 35% al 25%, y siempre que la empresa no distribuya, hay que ver si es que no distribuya nada o puede distribuir un porcentaje. Tendría que dejar el 10 o el 20% de la utilidad para que el accionista pueda cobrar. La tasa actual es del 35% sobre una renta distorsionada y esta es la problemática mayor, porque no contempla la inflación. Entonces es una ganancia ficticia, es un impuesto a la inflación.
Aplaudo el sistema de reducir la tasa de impuestos para aquellos que retengan ganancias porque es una buena forma de capitalizar las empresas. Me parece que a todas las pymes deberían bajarles la tasa

Transferencia de viviendas: Los que no hacen habitualidad en la compra-venta de inmuebles quedan fuera del ámbito del Impuesto a las Ganancias por lo tanto quedan dentro del Impuesto a la transferencia de inmuebles, le aplican el 1,5% sobre el precio de venta. Parecería estar muy bien pero es relativo porque hubo muchos constructores o personas que compraron y vendieron inmuebles que ganaron cifras siderales entre la compra y la venta, y pagaban solo el 1,5 del precio. Con lo cual en ese aspecto me parecía injusto, y ahora quieren volver al impuesto sobre la ganancia que es precio de venta menos costo. Y ahí viene el problema, qué costo, el costo sin actualizar o actualizado de qué forma y hasta donde

EZEQUIEL PASSARELLI,
Asociado de SCI Group 


El Ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, presentó en conferencia de prensa los lineamientos principales del proyecto de Reforma Tributaria que el Gobierno intentará convertir en ley, con la obligada ayuda de los demás partidos políticos.

Los pilares de la reforma serán: 1. Equidad y justicia tributaria (eliminando distorsiones e injusticias en el mercado). 2. Eficiencia (reducir la complejidad - para el ciudadano y para la administración -). 3. Reducir la presión tributaria. 4. Desincentivar la evasión. 5. Incentivar la inversión. 6. Desincentivar conductas indeseadas (cigarrillos, gaseosas azucaradas, alcohol, etc.).

Los puntos salientes que fueron presentados

Impuesto a las Ganancias para Sociedades: se buscará llevar la alícuota actual (del 35%) al 30% (en 2019) y 25% (a partir del 2021). Esta rebaja en la alícuota se complementará con un impuesto (del 10%) sobre los dividendos que distribuyan dichas sociedades a sus accionistas, como ya existió brevemente en nuestro país (entre septiembre de 2013 y julio de 2016).

Si bien una "reforma tributaria" implica mucho más que simplemente reducir alícuotas, con el objetivo de ampliar la base imponible, reduciendo la evasión y, de esta manera, la presión tributaria sobre quienes hoy en día cumplen, parece ser una excelente medida para reposicionar nuevamente a la Argentina en materia de competitividad internacional.

Impuesto a las Ganancias para Personas Humanas: (a) se gravará la renta financiera (eliminando las exenciones vigentes), al 15% cuando los títulos estén en dólares o indexados por inflación, y al 5% cuando sean en pesos no indexados.
Se espera que con esta medida se recaude un 0,2% del PBI, es decir, prácticamente un cambio sin mucho peso. Sin embargo, el Gobierno espera que, una vez que exista un mercado financiero significativo, el impacto sea mucho mayor.

El principal argumento del Gobierno radica en que en ningún país de la OCDE estas rentas están exentas. Además de que, históricamente, se benefician rentas netamente financieras por sobre rentas de la economía real (que pagan impuesto).

(b) Se elimina el "ITI" (1,5%) y, en sustitución, se gravará, al 15%, el resultado de la venta de las segundas viviendas (no casa habitación) o con fines de lucro, que hayan sido compradas luego de la vigencia de la reforma. Si bien celebramos la eliminación del "ITI", que es un impuesto muy perjudicial para la gente más humilde y las clases medias; entendemos que, la aplicación (y fiscalización) de este nuevo impuesto, no será tan sencilla. Por el contrario, ya se están ideando políticas agresivas para no pagarlo (como, por ejemplo, registrar los inmuebles a nombre de familiares, para no contar con segundas viviendas).
(c) Se equiparará la deducción especial para trabajadores autónomos (independientes) con la vigente para empleados en relación de dependencia. Esta medida es sumamente celebrada. Después de tantos años de reclamos, se terminará con una discriminación en contra de los profesionales, los oficios, etc.

Impuesto a los débitos y créditos bancarios: gradualmente, pasará a poder computarse en un 100% contra el impuesto a las ganancias.
Al ser un impuesto tan eficiente (muy simple y con un excelente nivel de recaudación), a pesar de todas las críticas que le caben (antiexporador, altamente distorsivo, desincentiva la formalización de la economía, etc.), el Gobierno no lo eliminará, sino que lo convertirá gradualmente en un pago a cuenta en su totalidad.

Lamentamos que no se haya incluido al IVA como posibilidad de cómputo, teniendo en cuenta que muchas veces las empresas tienen saldos a favor en Ganancias y no lo pueden computar finalmente. Sin embargo, el Gobierno planea simplificar y automatizar la devolución de los saldos a favor, con lo cual, eventualmente no sería un problema.

Contribuciones patronales: se impondrá un mínimo no imponible de $ 12.000. Esto se traduce a que, todos aquellos trabajadores que tengan sueldos inferiores a dicho monto, no se deberá pagar contribuciones (de aprox. el 23%). Y, todos aquellos que tengan suelos superiores a $ 12.000, se pagará por sobre la diferencia. Esta medida, junto con el "Blanqueo Laboral" que se presentará en breve, intentará acabar con el angustiante nivel de informalidad que existe en nuestro país.

JORGE GEBHARDT
Director del Departamento de Impuestos de Aguirre Saravia & Gebhardt

Impacto sobre las empresas: Es saludable que el Gobierno reconozca el papel fundamental de las empresas en la generación del crecimiento económico. Dado que la inversión es el componente más dinámico del PBI, detectamos medidas muy importantes: a) la rebaja gradual del impuesto a las ganancias del 35% al 25% en cinco años; si la empresa reinvierte utilidades, se pagará a partir de 2019 una alícuota cada vez menor; si en cambio no reinvierte y abona dividendos, se aplicará un gravamen adicional sobre estos últimos para completar el 35%; se orienta hacia lo que ha sido el exitoso modelo de Chile. Sería deseable que las rebajas se aceleraran y comenzaran de inmediato; b) se devolvería automáticamente el IVA abonado en la compra de equipos destinados a la producción si en el término de seis meses no pudo recuperarse con las ventas normales; c) el impuesto a los débitos y créditos bancarios sería computable hasta en un 100% contra el impuesto a las ganancias; d) la reducción de alícuotas en ingresos brutos de la CABA y las provincias podría impactar en una reducción de costos empresarios y en una reducción del nivel general de algunos precios; e) las muy graduales reducciones de los aportes patronales van en idéntico sentido: positivo, pero de demorada aplicación.

Respecto del gravamen a la renta financiera, restan muchas precisiones. Desde cuándo regirá. Si aplicará a nuevos depósitos bancarios y a nuevas emisiones de títulos públicos o se lo hará sobre el stock existente; de ser este último caso, el tema puede originar un traspaso de inversores a títulos de otros países (por ejemplo, los títulos soberanos de Brasil continuarán exentos en sus interés por la vigencia del Convenio entre Brasil y Argentina; aunque los títulos públicos brasileños siguen gravados en bienes personales. Hay que tener en cuenta otros dos aspectos centrales: a) el rendimiento actual de un título argentino a mediano plazo (4/5 años) está en un 4%, el impuesto le restaría un 0,6% de rentabilidad que arrojaría un 3,4% y podría producir una pérdida de interés en las suscripciones debiendo elevarse el interés a pagar por el gobierno; b) no se aclara qué sucede con los inversores extranjeros (persona jurídica o humana del exterior hoy exentos); deberían gravarse puesto que de lo contrario habría falta de igualdad con el inversor local. Resta aclarar que para los rendimientos en pesos de LEBAC, plazos fijos en pesos, el 5% implica sobre un rendimiento actual del 27% una reducción del 1,4% en el rendimiento, por lo que la tasa del 5% podría volver neutro o negativo el rendimiento. Tanto para títulos en moneda extranjera como colocaciones en pesos las tasas (15% y 5%) parecen altas por la inflación local y la mundial (esta última está cerca del 2%, con lo cual un tributo del 15% pone en riesgos las colocaciones de títulos del país). 

Relacionado con el impuesto a las ganancias personales, dos temas. a) el aumento de la deducción especial al doble de la actual para autónomos se observa correcto pero algo insuficiente respecto de los empleados cuya deducción es más alta; b) existirá una norma que declarará nulos los tratamientos preferenciales para ciertos empleados logrados por normas distintas a la ley del impuesto (trabajadores petroleros, judiciales, etc. que han logrado incorporar exenciones vía los convenios colectivos de trabajo) lo cual es correcto para lograr equidad horizontal. 

Ingresos brutos y sellos provinciales y CABA. Es loable el objetivo del gobierno de reducir a la mitad en el tiempo ambos tributos; estimamos realmente difícil que las provincias accedan a estas reformas. La negociación política será fundamental.
Respecto de los impuestos internos, la eliminación del gravamen a los autos hasta gama media se observa con el fin de dar más competitividad y dinámica al sector y debe ser aplaudida. El aumento a ciertos consumos (champagne, cervezas, gaseosas) repercutirá en una baja de consumo.

Finalmente, el impuesto a la transferencia de inmuebles operará muy lejos en el tiempo porque será para la venta de viviendas adquiridas después de la reforma; no queda claro si se mantendrá el impuesto actual del 1,5% hasta que rija plenamente el nuevo.
Por último, sugerimos estudiar cautelosamente el gravamen a la renta financiera por las importantes distorsiones que podría generar y alentamos a reducir ambas tasas así como su aplicación tanto a inversores locales como del exterior

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