31 de enero 2018 - 23:50

Cabos sueltos en el recorte del gasto tras el decreto de familiares

EL AHORRO PARA EL FISCO AÚN ESTÁ LEJOS DE LOS OBJETIVOS DEL GOBIERNO - El bisturí presidencial no avanzó aún en incompatibilidades de algunos funcionarios que ocupan dos cargos o en aumento de planta injustificado.

Cabos sueltos en el recorte del gasto tras el decreto de familiares
El anuncio de un decreto que prohibirá, a futuro y retroactivamente, la permanencia de familiares de ministros en la estructura de la administración pública es, por ahora, sólo una señal que el Gobierno quiso dar en medio de la crisis por el caso de Jorge Triaca y un anticipo, quizás para recuperar autoridad moral en el tema, ante futuros retiros y recortes que ya se anticipan en el Estado. Pero en esa decisión no existió referencia a ciertos nichos sobre honorarios excluidos del recorte, ni alguna a otros casos de incompatibilidades que pueblan la administración nacional; mucho menos a avanzar con parentescos que no son tan evidentes como los que comenzaron a renunciar ayer tras la decisión presidencial, y que no quedan a la luz por tratarse de yernos, sobrinos, novias, novios, amantes, todos con igual relación sentimental que los ahora prohibidos, pero que zafan por no tener (obviamente) relación con el apellido del funcionario. Como sea, todos esos casos representan una decisión frente a la opinión pública aunque no un recorte de fondo. Es decir, se lo criticó a Macri desde el kirchnerismo por llevar adelante una política de despidos en la administración pública que en realidad no fue.

Uno de los casos más ruidosos en esas incompatibilidades por ahora no atacadas es el de la Resolución 191/2017 del Ministerio de Finanzas del 11 de octubre que amplía y aumenta los ingresos correspondientes a los representantes y directores designados por las acciones o participaciones accionarias del Estado nacional cuyos derechos políticos ejerce el Ministerio de Finanzas o cuyas designaciones hubieran sido efectuadas a propuesta de éste.

Con esta norma se permite sumar a los ingresos como funcionario (secretario, subsecretario o director nacional, legislador, etc.) los honorarios a percibir por los directores o representantes designados por las participaciones accionarias del Estado nacional, toda una excepción.

El régimen de incompatibilidades sobre la acumulación de cargos dispone que el desempeño de una función o cargo remunerado con o sin relación de dependencia, bajo cualquier modalidad en la adón pública, es incompatible con la percepción de un beneficio previsional o haber de retiro proveniente de cualquier régimen de previsión nacional, provincial o municipal.

El artículo 2 extiende el alcance al personal de la administración central, entidades descentralizadas, empresas del Estado, bancos oficiales al de los organismos y empresas cuya administración se halla a cargo del Estado nacional, esté o no la partida respectiva incluida en el Presupuesto general de la Nación. En cuanto a su retribución comprende a todos los cargos o empleos, cualquiera sea la forma de remuneración, ya sea por pago mensual y permanente, jornal, honorarios, comisiones, y en general toda prestación que se perciba por intermedio de los organismos antes, citados, en concepto de retribución de servicios.

Durante el segundo mandato de Cristina de Kirchner se dictó el Decreto 1278/12, que en el art. 19 establece una excepción al régimen de incompatibilidades vigente, autorizando a acumular ingresos por los cargos múltiples. El decreto se dictó al amparo del vamos por todo, en el apogeo de La Cámpora por el cual Axel Kicillof y Mariano Recalde acumulaban a sus designaciones en las altas jerarquías del Estado, honorarios de directores originados en el desembarco en las empresas privadas en representación del Estado nacional por las inversiones institucionales realizadas en los fondos de pensión estatizados.

Estos eran liquidados a la jurisdicción donde estaban designados, cobrando una cifra equivalente a tres 3 veces la correspondiente a la V categoría de autónomos y el resto se liquidaba a favor del Fondo Nacional del Menor y la Familia creado por la Ley Nº 22.359.

La resolución dictada a fines del año pasado en Finanzas habilita el aumento de los ingresos a liquidar a 7,5 veces el monto original fijado por Cristina de Kirchner, al tiempo que elude el congelamiento en los ingresos de los elegidos para cubrir los cargos cuando son designados por finanzas.

El silencio sobre un tema tan delicado y en franca contradicción con el discurso presidencial del lunes pasado permite inferir que la administración funciona en compartimentos estancos sin conexión, algunos, con el Ministerio de Modernización a cargo de la reformulación del sistema.

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