13 de marzo 2018 - 16:34

Reclaman ante la Corte revisar los "huecos" que dejó la pesquisa contra Arribas

El senador Pino Solanas y Alejandro Olmos Gaona presentaron un pedido ante la Corte para que sean aceptados como “amicus curiae” de la causa contra Gustavo Arribas y solicitaron múltiples medidas de pruebas para llenar los “huecos” vacíos.
El senador Pino Solanas y Alejandro Olmos Gaona presentaron un pedido ante la Corte para que sean aceptados como “amicus curiae” de la causa contra Gustavo Arribas y solicitaron múltiples medidas de pruebas para llenar los “huecos” vacíos.
El senador nacional Fernando "Pino" Solanas y su asesor legislativo Alejandro Olmos Gaona presentaron nueva documentación ante la Justicia que revelan la falta de investigación judicial sobre las cinco transferencias bancarias que recibió el titular de la AFI, Gustavo Arribas, por parte de Leonardo Meirelles, condenado por el Lava Jato en Brasil.

Según la presentación a la que accedió ámbito.com, el jefe de los espías en la Argentina dejó varios "huecos" en su explicación sobre el origen del dinero recibido. En un principio, el funcionario desmintió que fueran u$s 600.000 y habló de u$s 75.000. Luego, explicó que los recibió por la venta de un departamento. Más tarde, se desdijo y aseguró que cobró ese dinero fue la venta de los muebles de su departamento.

Lo cierto es que el juez federal Rodolfo Canicoba Corral solicitó un informe al Banco Central, que lo desvinculó de maniobras ilegales, y que sumado a un documento que la Oficina Anticorrupción presentó espontáneamente, alcanzaron para sobreseer al funcionario, todavía representado por Alejandro Pérez Chada, abogado de la familia Macri y nuevo asesor legal de AA. "El juez ni siquiera esperó ningún otro informe, ni aceptó que declarara Leonardo Meirelles", recordaron Solnas y Olmos.

El fiscal Federico Delgado apeló la decisión de Canicoba con los argumentos presentados por los dos denunciantes y la causa llegó a que la Cámara Federal, donde el Fiscal Germán Moldes desistió de la apelación de su colega Delgado. "Las pruebas producidas despejaron lo realmente ocurrido", esgrimió el candidato a procurador general.

Finalmente, fue el procurador de Investigaciones Administrativas, Sergio Rodríguez, quien recogió el expediente y lo elevó a la Corte Suprema, con la declaración de Meirelles ante los fiscales federales, incluida. En ese testimonio el cambista ratificó que había transferencias por s$s 850.000 a favor de Arribas.

En este marco, Solanas y Olmos presentaron un pedido ante el máximo tribunal para que sean aceptados como "amicus curiae" de la causa y solicitaron múltiples medidas de pruebas para llenar los "huecos" vacíos. Estos son algunos de los "agujeros" en la investigación:

1.- Los recibos siempre los entrega el que recibió el dinero, que en este caso sería Arribas, aunque según se informó el comprobante lo emitió el comprador.

Para Olmos esta maniobra es insólita. Cuando Arribas se enteró que sería nombrado en la AFI enajenó su departamento en San Pablo a nombre de la empresa Orion Brasil Construções e Empredimentos Imobiliarios EPP -empresa de pequeño porte-. Los principales socios de esa compañía son parientes de quien finalmente le compró adquirió los muebles.

"La firma compradora del departamento, registrada como EPP tiene un máximo de facturación anual permitido de Reales 3.600.000. Es decir que esa compra representaba el 50% de la facturación anual permitida, y debido a ello no pasaría desapercibida una operación de ese importe en la ECF (Escrituração Contavel Fiscal) lugar donde anualmente se deben hacer presentaciones al Fisco", alertaron en el escrito hoy en manos de la Corte. La explicación sería que el comprador del departamento se niega a declarar que pagó el importe en 2013, porque esa admisión podría traerle problemas fiscales.

2.- Los muebles se compraron en el 2013 cuando se hizo la transferencia del dinero, pero el recibo se entendió en enero del 2017, cuando se conoció públicamente la información.

En la presentación, Solanas y Olmos explican que Arribas "consiguió" a un pariente del titular de EPP, que aparecía como compradora del inmueble: "Atila Reys Silva, quién emitió un recibo en San Pablo el 17 de enero de 2017, afirmando haberle comprado los muebles de su departamento el 26 de septiembre de 2013 y pagando, la suma de u$s 70.500, cifra que corresponde exactamente a una de las transferencias realizadas por intermedio de Meirelles, que es la única que Arribas admite haber recibido".

3.- El recibo se extendió en San Pablo y se certificó en Belo Horizonte. "Esta circunstancia lleva a preguntarse muy seriamente los motivos por los cuales no se certifica la firma en San Pablo y se viaja 586 kilómetros para hacerlo", remarcaron.

4.- La certificación fue por "similitud", es decir que el escribano de la venta no vio cuando firmaron la operación. Según los dos denunciantes, esta maniobra despierta más sospechas porque en Brasil existen dos tipos de certificaciones: la presencia ante escribano y otra donde se asegura que es similar a la que tiene el escribano en sus registros. Este documento "por semejanza" fue el que le permitió al juez Canicoba Corral dictar el inmediato sobreseimiento de Arribas en la causa.

5.- El comprador de los muebles tiene 41 procesos abiertos en la justicia del Estado de Mina Gerais, varios de ellos por problemas fiscales. Los documentos que aportaron Solanas y Olmos prueban los procesos jurídicos abiertos contra Atila Reys Silva. "No tiene antecedentes muy transparentes", indicaron, y plantearon la necesidad de solicitar los antecedentes para "ver si están relacionados con evasión fiscal, además de acciones de otra naturaleza".

6.- El documento de identidad del comprador de los muebles tiene una numeración que no coincide con la que tienen los documentos de identidad en el lugar donde fue expedido.

"Habría que verificar si la Cédula de Identidad que figura en el recibo extendido por Atila Reys Silva tiene la numeración correcta, ya que se nos ha informado, que no existe en Brasil numeración semejante", propusieron a la Corte.

7.- Canicoba no ordenó ninguna pericia sobre el recibo, no pidió informes a Brasil sobre el comprador, ni sobre su capacidad económica.

Según el senador y su asesor parlamentario, tampoco exigió datos al banco suizo que intervino en la operación y se valió de un informe del Banco Central, que dio intervención en el caso, pero no a través de las oficinas correspondientes y habituales como la Gerencia Administrativa Judicial, la Gerencia de Pericias Judiciales o la Gerencia de Análisis de Operaciones Especiales, que interviene en presuntos casos de lavado de activos. "El oficio no fue direccionado a las áreas específicas, sino a otro lugar lo que dio lugar a un informe carente del rigor técnico que debería esperarse de un experto del Banco Central", reprocharon.



Para ser admitidos como "amicus", Solanas y Olmos recordaron la causa N° 761 sobre los crímenes ocurridos en la ESMA, que reconoció a organismos internacionales de derechos humanos, y la Acordada 28/04 de la Corte, que insta a la "participación ciudadana en la administración de justicia".

"Existen una cantidad de medidas de prueba, que no se realizaron, por lo cual el sobreseimiento, además de prematuro, pone en evidencia que no se ha querido investigar a fondo sobre la denuncia que oportunamente se efectuara, y eso es lo que hay que hacer sin recurrir a formalidades y dilaciones, que conspiran contra la búsqueda de la verdad", resaltaron en el texto entregado a los supremos.

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