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Para acelerar liquidaciones, exportadores de soja podrán tributar menos retenciones por embarques a futuro
El problema surgió porque este esquema de rebajas chocaba con el régimen de DJVE creado por la Ley 21.453, que habilita a los exportadores a anotar negocios anticipados, para congelar de ese modo su situación tributaria.
Las aceiteras mostraron dudas respecto de qué alícuota debía aplicarse en los embarques declarados a futuro.
"Para la liquidación de los derechos de exportación de los productos comprendidos en el régimen de la Ley 21.453 se considerará también la reducción mencionada, por mes comprendido entre la fecha de cierre de venta y la de inicio del período de embarque declarado en la DJVE", dice el decreto emitido que lleva las firmas del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y de los ministros de Agroindustria, Luis Etchevehere, y de Hacienda, Nicolás Dujovne.
El subsecretario de Mercados Agroindustriales, Jesús Silveyra, explicó a Télam que en la práctica este decreto, y una resolución complementaria que será publicada en los próximos días, permitirá a los exportadores retomar sus declaraciones de ventas anticipadas aplicando a sus negocios a futuro la alícuota de retenciones que corresponda el período del embarque.
Es decir que, a modo de ejemplo, si la DJVE presentada prevé realizar una exportación de porotos de soja entre diciembre de 2018 y enero de 2019, se aplicará un derecho de exportación del 24%, según el cronograma de reducciones vigente.
De todos modos, como las retenciones se aplican sobre un valor FOB Ofcial publicado por el Ministerio de Agroindustria, habrá que aguardar la progresiva publicación anticipada de dichos valores para aplicar este nuevo sistema.
Al respecto, Silveyra indicó que cuentan con información de mercado suficiente como para adelantar un valor FOB de referencia por un lapso cercano a seis meses, pese a que la nueva normativa mantendrá la vigencia de 360 días para las DJVE. Para el caso que el embarque se concrete en la segunda mitad de ese lapso, se aplicará la retención correspondiente al valor FOB disponible más alejado.
"Esta era una necesidad esperada por el sector exportador, principalmente el sojero, para destrabar los negocios a futuros de la soja, la harina y el aceite, ya que en la actualidad en caso de registrar operaciones futuras debían abonar los derechos de exportación en base a las alícuotas vigentes al momento de la registración y no del período de embarque declarado", explicó el ministro Etchevehere en un comunicado de prensa.
La Resolución complementaria de Agroindustria sería publicada el viernes próximo, para que ambas disposiciones comiencen a tener vigencia a partir de la semana próxima.
La modificación en este esquema, según el comunicado oficial, tendrá otros beneficios, ya que "permitirá a la AFIP aplicar reglas más claras para la consideración de los precios de transferencia sobre todo entre empresas vinculadas, tomando en consideración los valores FOB oficiales según el período de embarque declarado".
"Al publicar los valores FOB anticipados para distintos meses permitiremos solucionar problema de precios de transferencia que había entre AFIP y los exportadores", confirmó Silveyra, que además destacó que el nuevo sistema cumplirá con el pedido del organismo tributario de incorporar en las DJVE algunos datos sobre los compradores de la mercadería en el extranjero.
El funcionario añadió que con estas modificaciones el Gobierno espera que no sólo se acelere el ritmo de declaraciones de negocios a futuro por parte de los exportadores, sino que también ese sector "traslade" al productor esta rebaja anticipada de retenciones al momento de comprarle los granos.
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