23 de abril 2018 - 13:48

Rechazan prisión domiciliaria a Ricardo Jaime por compra de trenes chatarra

Rechazan prisión domiciliaria a Ricardo Jaime por compra de trenes chatarra
El Tribunal Oral Federal 6 rechazó conceder el arresto domiciliario al detenido ex secretario de Transporte del kirchnerismo Ricardo Jaime, en la causa en la que está preso por la compra de material chatarra a España y Portugal para el ex ferrocarril Belgrano Cargas.

De esta manera, el exfuncionario, quien será juzgado por ese tribunal por la compra de trenes con pago de sobreprecios a España y Portugal seguirá detenido en el penal de Ezeiza.

Jaime está detenido desde el 2 de abril de 2016 en Ezeiza y recordó que en las últimas semanas otros presos como el ex secretario Legal y Técnico Carlos Zannini salieron en libertad.

Ante el planteo que había hecho el exfuncionario, la fiscal de juicio Gabriela Baigún dictaminó en su contra pues diferenció su caso al de Zannini: dijo que el segundo no cuenta con antecedentes penales y Jaime sí tiene condenas previas, una de un año y seis meses de ejecución condicional y otra no firme de cinco años.

"No se han verificado en este caso, la concurrencia de ningún elemento que -de acuerdo con la normativa aplicable aconseje la concesión de ese modo de prisión; pues no se ha acreditado en el trámite del presente incidente, ningún tipo de afección de salud que torne desaconsejable la permanencia de Jaime en el medio carcelario o lo coloque en riesgo suficiente que justifique su traslado a un domicilio particular, extremo que se recuerda, ni siquiera ha sido invocado por la defensa", sostuvo el TOF6.

"Los padecimientos a los que alude la defensa tales como el hecho de encontrarse alejado de su familia y las cuestiones relatadas en torno a los traslados, no configuran tratos vejatorios sino que son circunstancias comunes a todas las personas privadas de la libertad, las que se encuentran vinculadas a conocidos problemas de infraestructura que sufre el Servicio Penitenciario y no a un trato discriminatorio y vejatorio respecto de Jaime, extremos que de por sí, no representan un argumento válido para flexibilizar las condiciones de encierro", añadió el Tribunal.

El fallo fue firmado por los jueces Julio Panelo y José Martínez Sobrino

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