1 de octubre 2019 - 00:00

Abogados judicializan DNU por indemnizaciones

El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) anunció la inminente judicialización del DNU publicado ayer en el Boletín Oficial que establece -con retroactividad- un nuevo cálculo en el índice de actualización para las indemnizaciones derivadas por accidentes laborales e invalidez. El organismo que agrupa a los matriculados fue uno de los primeros en iniciar la espiral de críticas respecto al decreto 699/19 basado en que reduce los montos para apuntalar la “sustentabilidad” del sistema de Aseguradoras de Riesgos de Trabajo, como afirma en sus fundamentos. Pero además de por el formato de la decisión -la que tacharían por inconstitucional- por ser una presunta violación al artículo 7 de Código Civil y Comercial, respecto a que este tipo de normativa no pueden tener efecto retroactivo.

El eje del DNU (cuyas atribuciones “de necesidad y urgencia” también van a ser parte de los planteos) termina por reducir las indemnizaciones a partir de el cambio en cálculo de la tasa de interés que era la “activa” del Banco Nación a la tasa de variación conocida como RIPTE.

Entre los postulados de las demandas, se objetará la afectación directa al derecho de propiedad, dado que para los casos que ya ocurrieron, los beneficiarios de la indemnización debieran haber percibido la diferencia de intereses calculados en base a la anterior tasa hasta la fecha de vigencia del DNU pero también a partir del precedente de la Corte Suprema en el fallo “Espósito” que sentó como jurisprudencia la irretroactividad de cualquier modificación a la Ley de Riesgos de Trabajo, paradójicamente impulsada por las ART. Según especialistas, la discusión jurídica se trasladará más allá a la herramienta de DNU aplicada, sino por su carácter regresivo. Según la doctrina aplicada en varios fallos relativos a salarios o a la actividad laboral, es el Estado el que debiera cargar con la prueba respecto a probar la necesidad de que no exista principio de progresividad. De hecho, otro de los puntos que puede ingresar en cuestionamiento es el propio texto de la norma general que afirma que supone el derecho a gozar de una indemnización según legislación vigente “en ese momento”, es decir cuando se produce el hecho. “En el fondo, se financiaría el eventual problema de sustentabilidad del sistema de ART a partir de apalancarse en quien sufrió el daño”, apuntaron abogados laboralistas.

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