3 de abril 2017 - 12:43

CIDH aceptó denuncia argentina por el uso de las pistolas eléctricas Taser

Los organismos de DDHH advirtieron que el uso de Taser X26 afecta el derecho a la salud e integridad física de sus víctimas y resulta riesgoso para la vida de las personas que sufran su aplicación, en especial sobre quienes han padecido o padecen enfermedades cardíacas o similares, ya sean porteños o ciudadanos de la Argentina.
Los organismos de DDHH advirtieron que el uso de Taser X26 "afecta el derecho a la salud e integridad física de sus víctimas y resulta riesgoso para la vida de las personas que sufran su aplicación", en especial sobre quienes han padecido o padecen enfermedades cardíacas o similares, ya sean porteños o ciudadanos de la Argentina.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) aceptó analizar el pedido de entidades nacionales para prohibir el uso de las pistolas eléctricas Taser en el país.

"En nombre de la CIDH acuso recibo de su comunicación, mediante la cual se presenta una denuncia contra Argentina", respondió el secretario ejecutivo del Tribunal, Paulo Abrão, a una demanda iniciada por un conjunto de organismos defensores de los derechos humanos.

"La denuncia ha sido registrada bajo el número P-1712-16 Adolfo Pérez Esquivel y otros, al cual se solicita se haga referencia en comunicaciones futuras. La denuncia se encuentra bajo estudio conforme a las normas reglamentarias vigentes", agregó el brasileño en la misiva enviada desde Washington, y a la que accedió ámbito.com.

Agotadas las vías judiciales para impedir la portación de Taser, el Observatorio de DDHH recurrió ante la Corte internacional con el apoyo de numerosos dirigentes y representantes de instituciones expertos en la materia: Adolfo Pérez Esquivel, Nora Cortiñas, Lita Boitano (Organización Familiares de Detenidos Desaparecidos), Gisela Cardozo (APDH), el embajador de buena voluntad de la UNESCO, Miguel Ángel Estrella, los sindicalistas Eduardo López (docentes), Daniel Catalano (ATE Capital), Vanesa Siley (Sitraju), Pedro Aníbal Paradiso Sottelo (CHA), Norberto Liwski (CODESEDH), Myriam Bregman (CEPRODH), Mario Juliano (Asociación Pensamiento Penal) y Jorge Trotta (Hijas e Hijos del Exilio).

Las entidades se presentaron en 2010 ante la Justicia argentina y recibieron dos fallos a favor, de primera y segunda instancia. En ambos casos consideraron que la compra de Taser para la Ciudad "causaba una lesión a una pluralidad relevante de derechos individuales" y que "en nada impedía a la Metropolitana el ejercicio de sus funciones de seguridad, ya que se utilizaban actualmente otro tipo de armas no letales".

Pero el Gobierno del entonces jefe de Gobierno Mauricio Macri apeló en 2013 y buscó refugio en el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad. El TSJ avaló el uso de las llamadas "picanas eléctricas" deslegitimando a las organizaciones y personalidades que "cuestionaron la validez de las resoluciones" que permitían el aprovisionamiento de las armas.

Como último recurso, los detractores de las Taser presentaron dos años más tarde un Recurso Extraordinario Federal y otro de Queja ante la Corte Suprema, pero tampoco tuvieron una respuesta positiva. Como Amicus Curiea de los denunciantes se presentaron Madres de Plaza de Mayo, HIJOS, los gremios UTE-CTERA, ATE y SITRAJU, el CELS, la CHA y la APDH, entre otros. En marzo de 2016 los jueces supremos Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda decidieron no analizar el caso, lo declararon "inadmisible" y autorizaron a los policías metropolitanos a salir a la calles con las pistolas eléctricas en la cintura.

En todas las presentaciones, los organismos de DDHH advirtieron que el uso de Taser X26 "afecta el derecho a la salud e integridad física de sus víctimas y resulta riesgoso para la vida de las personas que sufran su aplicación", en especial sobre quienes han padecido o padecen enfermedades cardíacas o similares, ya sean porteños o ciudadanos de la Argentina.

Pero además, alertaron que con la prohibición "se intenta prevenir situaciones de posible encubrimiento o impunidad policial que favorezcan un uso abusivo de las Taser X26, por las propias características de funcionamiento de éstas, en tanto no dejan marcas sobre el cuerpo".

Pacificadores

En el ODH celebran la llegada de la notificación y destacan que la Corte internacional cambió la carátula del caso, que antes se titulaba Carlos Pisoni, por el militante de H.I.J.O.S, y que se "nacionalizó" el planteo judicial, que en principio fue estrictamente porteño. "Creemos que es una señal muy potente. Pone la denuncia al Estado argentino en cabeza de un premio Nobel de la Paz", remarcó el abogado de la ODH, Demian Konfino, a este medio.

"Hasta la Corte Suprema el pleito fue con el Gobierno de la Ciudad, ahora es contra el estado nacional por incumplimiento de pactos internacionales por no tomar medidas para evitar la tortura, prohibiendo las Taser", remarcó el dirigente de DDHH.

Según la normativa de la CIDH, los denunciantes deberán aportar nuevamente un documento relatando los hechos y exigencias. Desde la CIDH le pueden exigir información complementaria, lo que una declaración final sobre el tema. Cumplido ese intercambio de presentaciones, se abre una etapa de revisión inicial en el organismo de la OEA, que culminará con la entrega de un "resultado de estudio preliminar".

La CIDH aceptó una demanda argentina contra el uso de las pistolas eléctricas Taser by ambito.com on Scribd



Efectos colaterales

El fabricante de Taser asegura que un disparo provoca la inmovilización instantánea durante cinco segundos. La víctima padece 19 contracciones por segundo en los grupos musculares y el cuerpo queda extenuado por el plazo de 10 minutos. No importa si la descarga se realiza sobre la ropa, la electricidad se trasmite igual. El alcance de los policías al sospechoso va de los cuatro a los diez metros. Desde más lejos no se puede utilizar. El costo es similar al de un arma de fuego. Además de EEUU, las emplean fuerzas de seguridad de Colombia, Brasil, México, Reino Unido y Francia.

Los principales efectos secundarios de la aplicación son la incapacidad para mantener el equilibrio, que puede causar raspaduras, cortes y fracturas, ya sea por la caída al piso al sufrir la descarga o por no poder levantarse normalmente. Además, puede provocar convulsiones temporales o posteriores, quemar o dañar la piel o los músculos y si el disparo va al corazón, podría ocasionar lesiones coronarias severas, que pueden llevar a un paro cardíaco.

Ana Martínez, responsable de medios en Amnistía Internacional, ventiló a la prensa española que en su último informe anual incluyeron 43 personas muertas en los Estados Unidos durante 2015 "tras recibir descargas de armas Taser a manos de la policía, con lo que el total de fallecidos desde 2001 se elevó a 670".

La demanda ante la CIDH recuerda que en noviembre de 2007 el Comité contra la Tortura de la ONU afirmó que el uso de Taser X26 "provoca un dolor intenso, constituye una forma de tortura" y que en algunos casos "puede causar la muerte".

El ODH y los otros organismos apelaron a la Convención Americana de Derechos Humanos, que en su artículo 4.1 establece que "toda persona tiene derecho a que se respete su vida", al mismo tiempo que el 5.1 expresa que se debe "respetar su integridad física, psíquica y moral", como en casos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Asimismo, citaron un informe de Amnistía Internacional de diciembre de 2008 que reveló una grave "preocupación" por el potencial letal de las pistolas paralizantes cuando se "utilizaban sobre personas vulnerables". En ese grupo no solo se incluyen quienes sufren dolencias cardíacas o los que se encontraban al momento del disparo bajo efectos de drogas estimulantes, sino los casos de personas que al parecer, gozaban de buena salud, que no habían tomado drogas, y murieron tras sufrir descargas. También manifestaron su temor por la aplicación sobre embarazadas, personas con trastornos mentales, en estado de embriaguez, con demencia senil o epilépticos.

Los demandantes consideran en conclusión que estas armas violan disposiciones contenidas en diversos instrumentos internacionales y que la CIDH debe impedir su portación urgentemente. "Lo contrario importaría el desconocimiento de normas que impregnan nuestro sistema jurídico, violando no solo el derecho interno sino el Derecho Internacional de los Derechos Humanos", afirmaron.

El Ministerio de Seguridad porteño aprobó en 2009 el pliego para la adquisición de armamento destinado a la Policía Metropolitana a través de la Resolución 1.049, entre las que se encuentra un pedido de 42 marca Pepper Ball y 30 Taser X261. Y además se mantiene la Resolución 20/2010 que autoriza la compra de cinco Taser X26, cuya comercialización es exclusiva de la firma Buccello y Asociados S.R.L.

Asimismo, trascendió en las últimas horas que el Poder Ejecutivo pretende proveer con 20 Taser a la "fuerza de paz" que la Argentina comparte con Chile llamada "Cruz del Sur", creada por Néstor Kirchner en 2005.

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