Al día de hoy la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lleva ejecutados más de 125 embargos contra compañías de billeteras virtuales, ya que los activos digitales ahora forman parte del listado de bienes embargables para el cobro de deudas.
AFIP ya embargó activos de más de 125 billeteras digitales por $44 millones
Desde febrero pasado el organismo sumó a la lista de bienes y activos embargables por deudas a los activos digitales. Se estima que actualmente hay unos 9800 contribuyentes morosos.
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AFIP lleva adelante las ejecuciones a través de los juzgados de todo el país, quienes ya trabaron embargos por casi $44 millones. La medida se da en el marco de la incorporación de estos activos como forma de recupero fiscal.
A comienzos de febrero, informó la entidad, se registraron unos 9800 contribuyentes morosos sobre los que se solicitará a la justicia que trabe embargos sobre sus billeteras virtuales.
En menos de un mes, juzgados de las provincias de Tucumán, Catamarca, Santa Fe, San Juan, Salta, Jujuy, Chaco, Formosa, Misiones, Entre Ríos, Ciudad de Buenos Aires, Neuquén, Córdoba, Santa Cruz, Chubut ya autorizaron acciones de confiscación de activos digitales. También hubo acciones similares en varios distritos de la provincia de Buenos Aires.
Los embargos sobre contribuyentes morosos que la AFIP realizaba tenían como objeto para la recuperación de deudas diversos activos y bienes como cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros.
En esa línea desde febrero pasado la agencia federal de impuestos sumó, como otro bien activo recuperable en caso de deudas, a las cuentas digitales, entre las que se encuentran las billeteras digitales.
Para determinar sobre qué cuentas solicitar la traba de embargos, AFIP usa una base de datos de entidades financieras, sobre las que posee acceso a la información sobre los clientes. La normativa aplicada no establece un orden de prelación sobre qué activos se debe avanzar primero a la hora de solicitar la traba de un embargo para cobrar deudas.
Cabe recordar que las ejecuciones de deudas fiscales con la AFIP estuvieron suspendidas durante 19 meses, como parte de las herramientas implementadas para amortiguar los efectos económicos de la pandemia del Covid-19.
Durante ese lapso de tiempo, el organismo puso a disposición de los contribuyentes distintas herramientas que permitieron avanzar en la regularización de pasivos acumulados.
De este modo desde el 1° de febrero, AFIP inició las ejecuciones fiscales a los contribuyentes más riesgosos y con mayores montos de deuda. Ahora se suman activos digitales a la lista de bienes para recupero de deudas.
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