26 de septiembre 2019 - 00:00

Vence plazo para recategorizarse en Ingresos Brutos

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Hasta el próximo lunes 30 tienen tiempo para realizar su recategorización los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado de Ingresos Brutos porteño, trámite que debe llevarse a cabo a través del sitio oficial de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).

Cabe destacar que solamente deben recategorizarse aquellos contribuyentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) que hayan sufrido alguna variación en los parámetros establecidos por el Código Fiscal, respecto de los ingresos facturados en los últimos 12 meses, así como la energía eléctrica consumida en igual lapso y la superficie afectada a la actividad declarada.

En generalexiste coincidencia entre estos pequeños contribuyentes de Ingresos Brutos y los monotributistas a nivel nacional, es decir, tributan en ambas jurisdicciones mediante regímenes simplificados.

La AGIP, a raíz de los acuerdos firmados con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), realiza cruce de información de manera constante con la base de datos de AFIP de manera de confirmar si existe homogeneidad entre lo declarado en uno y otro régimen o se detectan inconsistencias respecto de lo declarado a nivel nacional. Se trata de un seguimiento que cada vez se encuentra más difundido a través del intercambio de información con las distintas jurisdicciones.

La tabla con las categorías y los parámetros consta de 8 escalas que van de la A con ingresos anuales de hasta $107.525,27 a la H cuyo monto máximo es $896.043,90.

Vale recordar que desde 2016 se encuentran exceptuados del pago de Ingresos Brutos por el Régimen Simplificado los contribuyentes porteños que revisten la categoría en de Monotributistas Sociales en la AFIP dentro del Monotributo nacional.

Dicha categoría de monotributistas comprende a las personas en situación de vulnerabilidad social, cooperativas de trabajo y emprendimientos productivos reconocidos por ANSES, inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social habilitado por dicho Ministerio, que no generen ingresos anuales superiores al límite previsto en la categoría “A” del Monotributo, es decir $138.127,99.

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