2 de septiembre 2022 - 00:00

Corte avala quita de ítem aula en Mendoza

A través de dos fallos, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza ratificó que los delegados gremiales que no están dando clases, así como los docentes que acataron los paros no podrán acceder al cobro del denominado “ítem aula”, un plus creado durante la gestión de Alfredo Cornejo para impulsar a los maestros a asistir a los colegios.

Anteriormente, un fallo de Cámara le había dado la razón al gremio SUTE, que nuclea a los docentes mendocinos, y había obligado al Gobierno de Rodolfo Suarez a pagarle el “ítem aula” a tres sindicalistas que no daban clases. Sin embargo, la Dirección General de Escuelas (DGE) de la provincia apeló ante la Corte local, que avaló la posición del Gobierno por cinco votos contra dos.

La decisión llega en momentos de tensión entre la administración de Cambia Mendoza y el SUTE, que realizó cinco paros antes de arribar a un acuerdo salarial.

De acuerdo al fallo de los jueces supremos mendocinos sobre el derecho de los participantes de las huelgas de cobrar el plus, “el real núcleo de la controversia reside en que el día no laborado por cuestiones de ejercicio de derecho, no generan la retribución correspondiente por parte del empleador y en su caso de los ítems relacionados al incentivo por asistencia”.

También indicó que el “ítem aula” es una prestación “complementaria y accesoria” a la remuneración activándose “como premio o estímulo a la presencialidad del docente” y “se desactiva frente a la ausencia voluntaria y sustentada en el ejercicio legítimo del derecho de huelga que disponen las docentes, quienes deciden no concurrir en forma deliberada y facultativa a sus puestos de trabajo”.

En el segundo fallo, referido al reclamo de las tres sindicalistas, los jueces que votaron a favor de la postura del Gobierno afirmaron que dos de ellas nunca lo habían cobrado. “Resultan falaces las afirmaciones del sindicato representante en cuanto insisten en esta instancia por el abono retroactivo del ítem desde que las mismas dejaron de percibirlo, pretensión que resulta además contradictoria con el relato de hechos de la parte actora”, menciona el texto.

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