8 de marzo 2018 - 00:00

Golpe a Airbnb en el país: usuarios pagarán el 28% de Ganancias

Los bancos a través de los cuales los propietarios cobran el alquiler retienen el impuesto desde este mes. Y en abril regirá el IVA para servicios digitales.

EZEIZA. El movimiento de turistas extranjeros en la Argentina sostiene el negocio local de alquileres temporarios con plataformas como Airbnb.
EZEIZA. El movimiento de turistas extranjeros en la Argentina sostiene el negocio local de alquileres temporarios con plataformas como Airbnb.
El negocio de Airbnb, la mayor plataforma digital dedicada a los alquileres temporarios en todo el mundo, recibió un duro golpe en Argentina: desde el primer día de marzo los bancos comenzaron a retener un 28% de Ganancias sobre los montos que la empresa con sede central en California transfiere en el país a sus usuarios que ofrecen sus inmuebles como alojamiento de turistas.

La medida cayó por sorpresa, sin que medie comunicación formal o anuncio alguno por parte de la AFIP. Simplemente, lo que ocurrió fue que los bancos a través de los cuales Airbnb paga a los propietarios (anfitriones, en la jerga de la plataforma) comenzaron a aplicar la resolución general 830, que está vigente desde 2000 pero nunca se había aplicado en estos casos. Esto fue lo que más desconcertó a los usuarios, que hicieron explotar con sus quejas y preguntas todos los foros vinculados con el tema.

Ante una consulta de Ámbito Financiero, fuentes de la AFIP explicaron que lo que gatilló la decisión de los bancos de aplicar la resolución 830 fue "la habitualidad" que advirtieron en las transferencias a receptores en el país, asociada con el crecimiento que este negocio tuvo en los últimos años. Es decir, su propio éxito condenó a Airbnb. En rigor, a los dueños de los alojamientos que son quienes deberán asumir toda la carga impositiva.

Lo único que alertó a los propietarios fue un muy escueto (y con dudosa calidad de traducción) mensaje que recibieron por correo electrónico. "Queremos informarte que a partir del 1 de Marzo de 2018 nuestros socios de bancos, proveedores de pagos, en Argentina comenzaron a retener y remitir el Impuesto a las Ganancias sobre transacciones en pesos, en los términos de la normativa emitida por la Resolución General 830/2000 emitida por Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)".

Luego detalla cómo será la retención según la condición de cada individuo ante el fisco:

- Monotributo: no se realizarán retenciones hasta el tope anual previsto por la AFIP.

- Responsables Inscriptos: se retendrán impuestos cuando los pagos percibidos por el anfitrión excedan el límite de ARS 5000 por mes. Se realizará una retención del 6% sobre el monto excedido una vez que supere los ARS 90.

- No inscriptos: se retendrá un 28% del dinero recibido.

La noticia cayó como una bomba sobre un negocio que venía acostumbrado a una llamativa omisión que engordaba sus ganancias, con el único costo de la comisión de 3% que cobra Airbnb al anfitrión por su intermediación. Claro que la plataforma también cobra comisiones al inquilino (huésped, en la jerga) que son hasta cinco veces más altas que las que paga el dueño del inmueble.

Aunque no hay información oficial actualizada aportada por Airbnb, hasta el año pasado se estimaba que en la Ciudad de Buenos Aires había alrededor de 16.000 alojamientos ofrecidos a través de la plataforma. El fenómeno del alquiler temporario a turistas -principalmente del exterior- viene creciendo a un ritmo intenso favorecido por la laguna impositiva antes mencionada.

Pero ahora el panorama podría cambiar radicalmente. Una de las razones es que habrá que empezar a pagar impuesto a las Ganancias. Y pronto se sumará otro tributo: el IVA, que alcanzará a todas las empresas que prestan servicios digitales desde fuera de las fronteras nacionales. Así lo estableció la reforma tributaria aprobada a fines del año pasado y que comenzará a regir a pleno en 2018.

El IVA alcanzará a servicios (sean de streaming, contenidos o publicidad, entre otros) ofrecidos por empresas digitales como Netflix, Spotify, Tinder, Google, Facebook, Homeaway y Airbnb, por citar sólo a las más conocidas.

Según los plazos que se manejan en el Ministerio de Hacienda, en breve estará listo el decreto que formaliza la medida. Y apenas lo firme el presidente y sea publicado en el Boletín Oficial, la AFIP emitirá la reglamentación específica para que pueda comenzar a instrumentarse. En el cronograma oficial el objetivo está planteado para abril.

De todos modos, en el caso de Airbnb este 21% adicional no lo pagarán los propietarios. Serán los inquilinos que contratan los servicios a través de la plataforma, a quienes se les encarecerá la tarifa.

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