Previsible el dictamen del procurador Esteban Righi, un hombre del riñón del gobierno, que ayer recomendó a la Corte Suprema que confirme la constitucionalidad de la reforma del consejo de jueces. Es el paso previo a un pronunciamiento del máximo tribunal de justicia, que podría suceder este mes.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
Como buen demócrata, Righi aceptó que los jueces supremos revisen la queja presentada por una asociación de abogados pero les recordó a los magistrados que el Poder Judicial no puede ejercer un control político sobre el mérito o la conveniencia de una decisión.
Con la reforma del Consejo de la Magistratura, Néstor Kirchner avanzó en la consolidación de un poder hegemónico de porte parecido al que se aprecia en el recinto del Congreso. Esa vocación le provocó un enorme desgaste público, sólo explicable porque la autora del proyecto para achicar el consejo de jueces fue su esposa, la primera dama, Cristina Kirchner. Ese cuerpo colegiado comenzará a funcionar la próxima semana, pero ya lleva el estigma de la «servilleta» que durante una década alimentó la desconfianza argentina en la Justicia.
El dictamen de Righi es un esfuerzo intelectual para explicar la legalidad de la reforma. El procurador sostiene (y tiene razón) que el artículo 114 de la Constitución no define un número determinado de integrantes del Consejo de la Magistratura, sino que impone como mandato al legislador que, en el momento de definir su composición, procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal, así como de personalidades del ámbito académico y científico. Nada dice de que el número 20 fue el resultado de un esfuerzo de los legisladores de la época para evitar que una mayoría política de jueces o abogados pudiera ser determinante a la hora de designar o echar a un juez, como ocurre ahora.
Equívoco
«El error está en considerar que todos los consejeros legisladores más el representante del Poder Ejecutivo conformarán un solo bloque que actuará en forma conjunta y en la misma dirección, cuando lo cierto es que la única identidad común de aquellos miembros es -y se acaba en- su condición de legisladores, ya que pertenecen a distintos partidos políticos», sostiene el jefe de los fiscales.
La particularísima visión de Righi -casi un agravio a la inteligencia- le permite calificar como una «conjetura» que Cristina Kirchner esto pueda ocurrir y que ello pueda producir un bloque que conlleve al desequilibrio no querido por el constituyente.
Facultad
Righi también defendió como «una facultad constitucionalmente asignada al legislador» la de reglamentar el funcionamiento interno del Consejo de la Magistratura y, en tal sentido, aquél puede definir el número de comisiones que lo integrarán, así como la composición y competencias de cada una de ellas.
De este modo, interpretó que «las soluciones legislativas no son puntos sobre los que el Poder Judicial deba pronunciarse», y menos aun declarar la invalidez constitucional de una ley, excepto cuando vaya «en desmedro de la seguridad jurídica».
Esta causa se inició a partir de una acción de amparo presentada por la Asociación de Abogados de Buenos Aires (AABA), que planteó la inconstitucionalidad de la Ley 26.080 aprobada por el Congreso por entender que no respetaba el «equilibrio» de representantes previsto en el artículo 114 de la Carta Magna. En primera instancia, la jueza en lo Contencioso Administrativo Federal Clara Do Pico rechazó el amparo, decisión confirmada luego por la Sala III de la Cámara de ese fuero con similares argumentos a los de Righi.
El Consejo de la Magistratura fue creado a partir de la reforma constitucional de 1994 y es el organismo encargado de administrar el presupuesto de la Justicia, seleccionar a los jueces y analizar su conducta.
Dejá tu comentario