5 de febrero 2004 - 00:00

Contadores rechazan norma que puede enviarlos a prisión

A un mes de haberse puesto en marcha, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Capital Federal, que agrupa aproximadamente a
45.000 contadores, criticó abiertamente la incorporación de la figura de asociación ilícita en la Ley Penal Tributaria. A través de un comunicado distribuido entre los profesionales agrupados en el Consejo, asegura que «ante las graves implicancias derivadas de denuncias indiscriminadas y de procesos que puedan concluir en condenas anticipadas, que sólo podrán ser reparadas tardíamente por los jueces, este Consejo se hace un deber advertir a la matrícula (los contadores) sobre las graves consecuencias procesales de la aplicación de la Ley 25.874 recientemente sancionada».

Según el comunicado, «las figuras represivas de naturaleza penal no constituyen el elemento más idóneo para terminar con el flagelo de la evasión» y que «en nuestra opinión dado que el objetivo implícito es reprimir a las asociaciones que se dedican a comercializar facturas o generar sistemas informáticos que permitan procesar información no declarada impositivamente, lo razonable hubiera sido considerar la figura dentro de los parámetros jurídicos del derecho penal». Hay que recordar que la promesa del gobierno es limitar la aplicación de esta ley a dos tipos de casos: la confección de facturas apócrifas y la alteración de software en las «cajas negras» o controladores fiscales. Los profesionales contables creen, a partir del comunicado, que para combatir estos dos delitos se podrían haber diseñado leyes específicas contenidas en el derecho penal, antes de crear la figura de la asociación ilícita dentro de la Ley Penal Tributaria. En realidad, el proyecto original enviado por el Ejecutivo al Congreso respetaba este requerimiento. Sin embargo, fue en el Senado donde se cambió la modificación del Código Penal a la Ley Penal Tributaria, por propuesta del salteño Marcelo López Arias.

• Prisión

El temor concreto que exponen los contadores es que, a partir de la aplicación de esta figura, se acuse al ejercicio de la profesión por asociación ilícita cuando se detecten casos importantes de evasión y estén involucradas tres personas como mínimo, que bien podrían ser dos profesionales y el cliente que evadió. Hasta ahora, los contadores eran sancionados, pero económicamente y, eventualmente, con la pérdida de la matrícula. Sin embargo, la aplicación de esta figura implica un castigo de prisión de 3 a 6 años, con lo cual no es excarcelable. Sería la primera vez que contadores, por ayudar a evadir montos importantes, podrían ir a prisión. Existe también el temor de que algún titular de la AFIP en el futuro aplique indiscriminadamente la figura y que sea la Justicia la que deba determinar la existencia o no del delito.

Para que la asociación ilícita en la Ley Penal Tributaria pueda ser real, la legislación habla de la necesidad de que haya tres o más personas (incluyendo el evasor), que se reúnan para «facilitar, posibilitar o brindar técnica, logística y/o intelectualmente, la colaboración necesaria para la ejecución de alguno de los delitos» previstos en esa ley. Además se menciona la necesidad de que exista habitualidad en la acción. Esto es que haya sido realizada varias veces por las mismas personas.

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