El Consejo de la Magistratura aprobó el jueves la modificación de los artículos 1 y 2 del reglamento de concurso público para la designación de magistrados que tendrá como innovación la posibilidad de que cada consejero incorpore entre 6 y 10 candidatos para integrar el jurado.
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Como consecuencia de la ley que reformó el consejo los jurados quedaron compuestos sólo por académicos y jueces que eran seleccionados según una nómina que enviaban las universidades y la Asociación de Magistrados.
Ahora, y de acuerdo con la propuesta impulsada por Nicolás Fernández, sobre esa lista los consejeros -en un plazo de 10 días- podrán postular seis jueces y seis profesores de Derecho, los que pasarán a conformar la propuesta de la Comisión de Selección que la trasladará al plenario a los efectos de la determinación de la lista respectiva.
El plus estará en que los consejeros podrán optar por jueces y/o profesores que no figuren entre los candidatos postulados. No está escrito, pero se entiende que el bloque político podrá proponer a hombres cercanos a su pensamiento para integrar un jurado que tendrá como misión decidir (y no es poco) quiénes serán jueces de la Nación.
El sistema tiene, además, como novedad el método de la doble confrontación. Es decir, que mientras los consejeros analizan las lista que mandan los académicos y los magistrados estos sectores pueden cuestionar el listado que preparó el consejo de la Magistratura. El proceso de impugnación no debe exceder los 30 días.
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