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Falla la Corte en un caso que puede devolver banca a Patti
El ex comisario podría recuperar su banca -actualmente en poder del sindicalista Dante Camaño- si la Corte Suprema acoge su reclamo. Patti obtuvo 400 mil votos pero el Congreso, ignorando la voluntad popular, le impidió asumir como diputado nacional.
En el tribunal hay una mayoría que considera que el Congreso violó el mecanismo de impugnación de la candidatura que está previsto para antes de la elección. Ocurrió cuando se le impidió el ingreso al Parlamento a Bussi y volvió a repetirse con el ex intendente de Escobar, quien fue acusado de violaciones a los derechos humanos y «falta de idoneidad moral».
La Convención Interamericana de Derechos Humanos sólo permite excluir de una elección a quien ya fue « condenado». En el momento en que se le negó el juramento ninguno de los dos diputados electos tenía un sentencia judicial contraria.
El fallo de la Corte Suprema, presidida por Ricardo Lorenzetti servirá -aunque le provoque escozor al gobierno y al propio Congreso- como fórmula a utilizar en el futuro para situaciones similares.
La guía de esta decisión -que despertará opiniones encontradas- será una sentencia de la Corte norteamericana de hace 38 años. Se trata del caso de Adam Clayton Powel, a quien la Casa de los Representantes le impidió el ingreso como legislador. Fue excluido de la misma ya que «se había valido de un privilegio injustificado de inmunidad con respecto al proceso judicial de Nueva York, había hecho un uso incorrecto de fondos de la Cámara para beneficio de terceros y de sí mismo, y había efectuado falsos informes con respecto a los gastos de divisas».
El tribunal supremo estadounidense sentenció que esa decisión era inconstitucional. Con el voto del presidente Earl Warren, el 16 de junio de 1969, el tribunal supremo dijo que el caso era justiciable y no involucraba una cuestión política no justiciable y que «la Cámara de Representantes no estaba facultada para excluir de sus miembros a las personas debidamente elegidas por sus electores y que reunían los requisitos en materia de edad, ciudadanía y residencia especificados en la Constitución y el demandado tenía derecho de una sentencia declaratoria que expresara que había sido ilegalmente excluido del 90º Congreso».
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