21 de agosto 2003 - 00:00

Fallo contra deudores

La Justicia Nacional en lo Comercial emitió un fallo que podría convertirse en el faro que guíe de ahora en más las futuras sentencias sobre deudores morosos.

La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial condenó a un deudor a absorber 100% de una deuda morosa -anterior a la pesificación-en la moneda de origen (dólares).

Se apartó así la postura de fallos anteriores que tenían como criterio aplicar la «teoría del esfuerzo compartido» como consecuencia de la emergencia económica.

La decisión la tomó al analizar una deuda privada en la causa «Donnatoni contra Bedial SA». Al abordar el caso, los camaristas María Alonso de Díaz Cordero, Enrique Butty e Isabel Piaggi revocaron un fallo de primera instancia por el cual la deuda en dólares fue pesificada, aplicando intereses y el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).

Los magistrados consideraron que por la antigüedad de la mora, contraída en 1994, el deudor debía soportar 100% de la deuda en dólares o bien en los pesos necesarios al momento de efectivizar el pago.

En su voto, la camarista Piaggi sostuvo que no cabía aplicar el «esfuerzo compartido» en los casos en que la mora se produjo con anterioridad a la vigencia de la emergencia. Así sostiene que si la mora se produjo con anterioridad a esta norma, el moroso debe reparar los daños que causó al acreedor y «mal puede decirse que indemniza el daño que causa el deudor que paga con una moneda con un valor casi tres veces menor al que se obligó».

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