21 de junio 2002 - 00:00

Gobierno lograría respaldo de jueces para el "corralito"

Sólo después de que se cierre el juicio político que se le abrió en la Cámara de Diputados, la Corte Suprema comenzará a buscar una solución jurídica al grave problema del "corralito" financiero. Su principal dificultad consiste en argumentar sin contradecir lo ya expuesto en el caso Smith, en el que declaró inconstitucional esa medida del gobierno. De todos modos, aquel fallo de la Corte dejó abierta una puerta: le reconoció al gobierno facultades para dictar leyes excepcionales en circunstancias de grave-dad institucional como la presente, por un tiempo acotado. A partir de esa argumentación se buscará que no se pesifiquen los depósitos pero al mismo tiempo no se obligará a los bancos a reintegrarlos en forma inmediata. Los juicios originarios de San Luis y de Córdoba contra el Estado nacional y un recurso extraordinario de un particular contra Chubut podrían ser utilizados como "leading case" para destrabar el "corralito" financiero.

Gobierno lograría respaldo de jueces para el corralito
La Corte Suprema de Justicia podría decidir -apenas se archive el juicio político como se espera para dentro de dos semanas- que el dinero de los ahorristas quede caucionado en los bancos a su valor original hasta tanto las entidades decidan devolver el dinero retenido por aplicación del «corralito financiero» sea porque haya sentencia firme o porque se cumplan sus plazos de reprogramación de su devolución. De todos modos, la hipótesis no deja de ser un borrador de trabajo que se está analizando en algunos despachos del alto tribunal que no tomará una decisión final hasta que no retornen los máximos jueces que se encuentran en el exterior -Adolfo Vázquez, Eduardo Moliné O'Connor y Antonio Boggiano- y no se reintegren los enfermos: Guillermo López -pese a que firma el despacho en su domicilio- y Augusto Belluscio.

Es tanto el apuro de los bancos y del gobierno en que la Corte se defina que ayer surgieron diversos trascendidos pero ninguno de los jueces lo confirmó. Sólo se dijo que se está estudiando cómo «volver del fallo Smith» cuando la Corte declaró la inconstitucionalidad del «corralito financiero» aunque tiene la escapatoria de poder sostener que en ese caso no fue un pronunciamiento sobre la cuestión de fondo sino que se trató de una medida cautelar y acerca de la verosimilitud del derecho del ahorrista se basó el pronunciamiento de la Corte. La idea pasa por rechazar la pesificación pero no obligar a los bancos a restituir el dinero en lo inmediato.

La oportunidad para ese pronunciamiento se le presenta a la Corte sólo en tres casos porque el resto de los expedientes al entrar en vigencia la denominada «ley antigoteo» que derogó el per saltum para estos juicios hizo retornar los fallos de primera instancia -en su mayoría favorables a los depositantes- a las cámaras respectivas. Esos casos en jurisdicción de la Corte son los juicios originarios de las provincias de San Luis y Córdoba contra el Estado nacional por la retención de coparticipación de impuestos y un recurso extraordinario de una medida cautelar cuyo expediente está caratulado «Souto de Couter c/ Chubut» que se enviará al procurador general para su pronunciamiento.

Los otros dos casos que tiene en su poder la Corte para definir la constitucionalidad del «corralito» son los juicios originarios de las provincias de San Luis y Córdoba contra el Estado nacional por la devolución de la coparticipación de impuestos retenidas en el Banco Nación. De todos modos, el intríngulis jurídico que se le presenta a la Corte es la valoración de cada uno de los casos sin violar las disposiciones del artículo 17 de la Constitución que establece la inviolabilidad del derecho a la propiedad. Por eso, Vázquez cuando acercó su propuesta de conciliación entre San Luis y el Ministerio de Economía rechazó la pesificación de $ 1,40 dispuesta en el Decreto 214/'02 pero ordenaba al banco deudor a reintegrar sólo 10 por ciento de lo retenido en la moneda de origen.

• Agravamiento

Un esquema similar podría aplicarse en los casos de los particulares y para ello se tendría en cuenta que la situación financiera del país se agravó desde la sanción del caso Smith porque se siguen cayendo las reservas del Banco Central y la situación patrimonial de los bancos se ha deteriorado ostensiblemente. Además se considera que una devolución inmediata y total de los depósitos que -originalmente- fueron colocados en forma escalonada colapsaría totalmente el sistema financiero y con ello se agravaría peligrosamente la emergencia económica. Ese grave contexto económico y político le daría el pretexto a la Corte para despegarse del caso Smith y acercarse a su pronunciamiento en el caso Kiper cuando convalidó el «corralito». Claro que ello ocurrirá si sólo se cumple la promesa de archivar el juicio político en la Cámara de Diputados.

El párrafo de la resolución en el
caso Smith que le abre una ventana a la Corte es el que sostiene lo siguiente: «el Tribunal ha reconocido la constitucionalidad de las leyes que suspenden temporaria y razonablemente los efectos de los contratos como los de las sentencias firmes, siempre que no se altere la sustancia de unos y otras, a fin de proteger el interés público en presencia de desastres o graves perturbaciones de carácter físico, económico o de otra índole. En estos casos, el gobierno está facultado para sancionar las leyes que considere conveniente, con el límite que tal legislación sea razonable, y no desconozca las garantías o las restricciones que le impone la Constitución». El hecho de que existan bonos dolarizados, manteniendo el valor de la acreencia, abre una puerta a la solución reclamada por todos los actores. O sea, una repetición del « caso Peralta» que se aplicó con los BONEX de Antonio Erman González en 1990.

Dejá tu comentario