27 de junio 2007 - 00:00

La Corte le puso ayer un "corralito" al ombudsman

La Corte Suprema acotó los poderes de representación que se había arrogado el defensor del pueblo de la Nación para pedir en nombre de todos los ahorristas la invalidez de la pesificación. El Tribunal no sólo avaló las restricciones a la disponibilidad de depósitos, sino que juzgó que la acción contra el «corralito» debe ser promovida por cada interesado.

De este modo, la Corte revocó una sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo que había hecho lugar a una acción de amparo colectivo promovida por el defensor del pueblo, Eduardo Mondino.

El objetivo del ombudsman era que se declare la invalidez de las normas que establecieron restricciones a la disponibilidad de los depósitos bancarios y la pesificación de los efectuados en moneda extranjera.

Para revocar tal sentencia, la Corte señaló que la legitimación procesal para demandar que asiste al defensor del pueblo no se ha dado para la defensa de todo derecho, sino como medio para proteger derechos supraindividuales o de incidencia colectiva que tienen por titulares a una pluralidad indeterminada de personas y presentan como objeto de tutela una pretensión general de uso o goce de un bien jurídico insusceptible de fragmentación en cabeza de cada reclamante.

Al respecto, sostuvo que en el caso de las restricciones financierasderivadas de la crisis de 2001 quedaba exceptuada de la legitimación del defensor del pueblo la protección de derechos de carácter patrimonial, puramente individuales, cuyo ejercicio y tutela corresponde exclusivamente a cada uno de los potenciales afectados.

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