La justicia rechazó la demanda de una anciana que se contagió de SIDA en una transfusión
La Cámara Civil dio marcha atrás con un fallo que había hecho lugar al reclamo económico de una anciana de 80 años que se contagió de SIDA al recibir sangre de un donante previo a una intervención quirúrgica.
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La resolución fue adoptada por la Sala I de la Cámara que libró de toda responsabilidad al Hospital de Clínicas José de San Martín al considerar que el centro asistencial tomó los recaudos necesarios y no debe responder por un caso de "fuerza mayor".
El reclamo había sido resuelto en forma favorable en primera instancia, donde se condenó al Hospital de Clínicas a indemnizar con 215 mil pesos a la mujer identificada como M.A.D.
El hecho se registró en marzo de 1996 cuando la mujer, en ese momento de 70 años, debió ser sometida a una intervención quirúrgica luego de que se le diagnosticó un carcinoma de cuello uterino.
En esa oportunidad, la mujer recibió una transfusión de sangre de dos donantes, uno de los cuales era portador de HIV, aunque ello se supo mucho tiempo después.
Según surge de la resolución, ambos donantes habian sido sometidos a exámenes de HIV con el método "Elisa", el cual había arrojado resultados negativos.
En su resolución, los camaristas Martín Farell y Francisco de las Carreras destacaron que cuando una persona está afectada de SIDA pasa por un "periodo de ventana" en la etapa inmediata al contagio durante el cual la enfermedad no se puede detectar, y los exámenes arrojan resultados "falsos negativos".
En cambio, la jueza María Najurieta votó en disidencia, al sostener que existían otros métodos "más eficientes" como el "P24" para detectar el virus y destacar la inexistencia de interrogatorios previos a los que deben ser sometidos los donantes.
Al respecto, sus colegas establecieron que aún ese método más moderno puede llegar a reducir pero no eliminar el período de ventana.
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