Más que amparo, denuncia Rodríguez Saá a Kirchner por violar derechos humanos
Aunque parezca insólito, debido a la bandera en la que se envolvió para hacer política, Néstor Kirchner posiblemente termine denunciado por violación a los derechos humanos en la Organización de Estados Americanos y en Naciones Unidas. Al menos, ése parece el curso lógico de la presentación judicial que hizo ayer el senador Adolfo Rodríguez Saá solicitando un amparo por la proscripción a la que han sido sometidos el Partido Justicialista y sus ciudadanos afiliados en particular.
El reclamo del legislador ante la jueza María Servini de Cubría, a quien siempre se le imputa funcionalidad respecto del gobierno (en rigor, respecto de los distintos gobiernos, ya que en tiempos de Carlos Menem también se hizo popular por ese cargo), obedece a la «mala administración» que realiza Ramón Ruiz (otro de excelente vínculo con el gobierno, como también en el pasado estuvo con la gestión Menem), el delegado de la magistrada que actúa como interventor del PJ. A este Ruiz, alias «el Pelado», le encargaron la normalización del partido, pero, según Rodríguez Saá, se ha limitado a mínimas acciones sin convocar a elecciones internas (a pesar de que ya transcurrió más de un año con esa posibilidad). Nadie ignora que a Kirchner no le interesa ese proyecto de normalización ni el de elecciones, razón por la cual el legislador denunciante entiende que de ese modo se ha proscripto a los peronistas para elegir un candidato propio. Esta suerte de usurpación cívica, semejante a la que impusieron los militares en otro tiempo, pero con la franqueza de la prohibición, es lo que exige modificar Rodríguez Saá, quien a su vez reconoce su vocación para postularse dentro de las internas. Como es de imaginar que la parálisis judicial puede proseguir a pesar de amparos, dos medidas continuarían a esta presentación: 1) convocatorias políticas para los principales dirigentes del justicialismo, empezando en febrero, y 2) el trámite judicial ante los organismos internacionales para que éstos reconozcan que el actual gobierno viola elementales derechos humanos para expresarse con el voto.
El senador Adolfo Rodríguez Saá presentó ayer un recurso ante la jueza María Servini de Cubría para reclamar por el congelamiento de la actividades del Partido Justicialista. Esta formación, argumenta el legislador, padece por obra del actual interventor, Ramón Ruiz, una virtual proscripción, igual o peor que la que ese partido sufrió durante gobiernos dictatoriales.
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El recurso pide la normalización del PJ y el llamado a elecciones para nuevas autoridades.
El Partido Justicialista está intervenido por la Justicia, que designó a Ruiz, siguiendo indicaciones expresas del gobierno nacional, que representa al justicialismo aunque ese sello ya no participó de las elecciones presidenciales de 2003. En esa oportunidad, los tres candidatos que pertenecían al PJ compitieron en representación de alianzas de partidos provinciales.
En el recurso se justifica el pedido de amparo en que el congelamiento del PJ implica una quiebra de derechos constitucionales que debe interrumpirse con una decisión judicial que, de no emprenderla Servini de Cubría, sería una violación a los derechos humanos de los afiliados y votantes del justicialismo.
Argumentos
Aquí los principales argumentos de la presentación de ayer del senador y ex presidente Rodríguez Saá:
Vea VS lo severo, grave, injusto e irreparable de la actitud asumida por el interventor designado, puesto que al no convocar de inmediato a elecciones internas que normalicen el Partido Justicialista, todos sus afiliados quedan proscriptos ya que pierden el derecho de elegir y ser elegidos democráticamente.
Dicho de otra manera, mantener el estado de incertidumbre sin autoridades partidarias elegidas democráticamente por sus afiliados, implica atentar contra el funcionamiento de un partido político, y privar a sus afiliados del derecho a desempeñar cargos ejecutivos dentro del partido, y siembra dudas respecto de su participación en las elecciones nacionales.
El señor interventor debe inmediatamente llamar a elecciones internas, puesto que de lo contrario resultaría imposible que el Partido Justicialista se presente con candidato propio elegido en elecciones internas, en las próximas elecciones nacionales, lo que implicaría la proscripción del mayor partido político de la Argentina y de todos sus afiliados.
Es inadmisible que el partido del gobierno nacional, que gobierna además la mayoría de las provincias argentinas y cientos de intendencias, esté acéfalo, intervenido y sin sus autoridades legítimas electas (...). El ámbito de libertad de que gozan los partidos políticos está subordinado a los principios constitucionales y a los preceptosde la ley orgánica de los partidos políticos, siendo de especial aplicación al caso concreto lo previsto en el artículo 3º inc. b) que obviamente adopta como principio general «el método democrático interno, mediante elecciones periódicas de autoridades, organismos partidarios» agregando y terminando con la palabra « candidatos».
El artículo 43 de la Constitución nacional, incorporado por la reforma de 1994, es de particular relevancia hermenéutica en cuanto al ámbito de aplicación de la acción de amparo, pues establece que toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares que en forma actual o inminente, lesione o restrinja, altere o amenace con arbitrariedad manifiesta derechos y garantías reconocido por esta Constitución, un tratado o una ley. En consecuencia de dicho texto, el núcleo de la cuestión consiste en determinar si el concepto «de autoridad pública» incluye a las judiciales.
Se fundamenta la petición de habilitación de feria judicial en la necesidad de tramitar y resolver a la mayor brevedad la cuestión planteada, toda vez que resulta público y notorio que en el corriente año electoral ya están lanzadas muchas de las candidaturas a los distintos cargos nacionales, provinciales y municipales, y muchos de ellos como si fueran candidatos elegidos por el Partido Justicialista, pero en realidad son elegidos a dedo y marginando en ese proceso tanto al Partido Justicialista Nacional, como al suscripto, al igual que al resto de los afiliados justicialistas; todo porque el señor interventor se niega sistemáticamente a cumplir su función y no llama de inmediato a elecciones internas fijando el cronograma electoral, justamente para no normalizar el partido (como era su única función).
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