1 de junio 2007 - 00:00

Rechazan dos pedidos de juicio a Canicoba

Martín Redrado
Martín Redrado
El Consejo de la Magistratura archivó ayer dos pedidos de juicio político contra el juez federal Rodolfo Canicoba Corral. El magistrado fue acusado por el ARI de favorecer al presidente del Banco Central, Martín Redrado, y a un juez al que se le imputaba haberle pedido coimas a un condenado por narcotráfico.

Las imputaciones no prosperaron en la Comisión de Acusación, que preside la kirchnerista Diana Conti, cuyos integrantes respaldaron la actuación del magistrado en ambos casos.

Los diputados aristas Adrián Pérez y Susana García, denunciaronque Canicoba sobreseyó sin llamar a prestar declaración indagatoria a Redrado, en la causa en la que se investigaba si había cobrado sobresueldos cuando era titular de la Comisión Nacional de Valores.

Pérez y García habían planteado judicialmente que el actual responsable del Central había incurrido en «malversaciónde caudales públicos, administración fraudulenta, incumplimiento de autoridad y violación de deberes de funcionario público».

Según los legisladores, entre 1991 y 1994 Redrado recibía «46.000 pesos mensuales en concepto de 'fondos reservados'», que habría utilizado para «el pago de cuotas del Jockey Club, cuotas de una deuda hipotecaria, joyas, y también el pago de sobresueldos a sus subordinados».

Al desestimar el pedido de juicio político, los consejeros sostuvieron que «la prerrogativa de disponer la prueba, como así la de citar a declarar en indagatoria, es potestad exclusiva del instructor de la causa, quien está facultado a adoptar las medidas que considere conducentes para el esclarecimiento de los hechos denunciados».

Los consejeros tuvieron en cuenta además un fallo de la Cámara Federal que confirmó el cierre del sumario penal contra el presidente del Banco Central. Es decir, ratificó la absolución de Canicoba Corral.

En esa sentencia la Sala II del Tribunal sostuvo que Redrado no cometió el delito de peculado. La causa se había iniciado en marzo de 2002 por una denuncia de Adrián De Santis, un ex secretario privado de Redrado en los años noventa, que aseguró que había recibido y manejado fondos reservados para el pago de sobresueldos.

El denunciante, que antes de la presentación había roto una amistad de muchos años con Redrado, detalló que su ex jefe usaba los fondos secretos para pagar, entre otras cosas, la cuota del Jockey Club y joyas para su mujer.

A pocas semanas de la asunción de Redrado en el Banco Central, el fiscal de Investigaciones Administrativas, Manuel Garrido, reclamó a Canicoba Corral que lo citara a declarar como acusado de peculado. Por ese mismo delito fue procesado el ex ministro de Defensa Oscar Camilión en la causa principal de sobresueldos, que dirige el juez Jorge Ballestero.

Según Garrido, estaba probado que Redrado había cobrado alrededor de 46.000 pesos mensuales extra durante su gestión en la CNV.

  • Testimonios

    Canicoba nunca indagó a Redrado. En su resolución citó los testimonios de los ex funcionarios que habían negado la existencia de los fondos reservados y afirmó que en la investigación se «acreditó» que los fondos denunciados por De Santis «no existían».

    Canicoba también fue denunciado por Héctor Brítez, condenado a 16 años de cárcel por narcotráfico, en un episodio que involucró al ex juez federal José María Torino.

    Brítez le aseguró a Canicoba que Torino les había pedido a él y a su esposa 190 mil dólares para fallar a su favor.

    La comisión acusadora del Consejo en su composición anterior había recomendado la apertura del proceso de juicio político, pero Torino optó por presentar su renuncia, la que fue aceptada por el Poder Ejecutivo en agosto de 2004.

    Tres meses después, Canicoba desestimó la denuncia de Brítez y resolvió «sobreseer al Dr. Torino al entender que la conducta denunciada nunca había existido».

    Los consejeros descartaron este segundo pedido de juicio político bajo el argumento de que «es cierto que los jueces pueden equivocarse ya que en definitiva, se trata de una justicia humana. Pero para ello los Códigos Procesales establecen remedios». Los integrantes del actual Consejo añadieron que aún la «menos aceptable» interpretación de la ley «no puede justificar la aplicación de una sanción pues resulta evidente que en el caso concreto lo que está en juego es la disconformidad del denunciante con el criterio sustentado».
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