28 de marzo 2022 - 00:00

La AFIP mejora el control sobre la liquidación de exportaciones y agiliza los reintegros

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanza en el fortalecimiento de los instrumentos para apuntalar el ingreso de divisas del comercio exterior. Con una nueva normativa que se publicará hoy en el Boletín Oficial, simplificará trámites para el cobro de reintegros a los exportadores y perfeccionará los controles sobre la liquidación de los dólares provenientes de las ventas al exterior, según anticiparon fuentes del organismo.

A través de la Resolución General 5173/2022, que entrará en vigencia el próximo 1 de julio, realizará una serie de cambios que facilitarán la tramitación de solicitudes de acreditación, transferencia y/o devolución del reintegro del IVA, y que mejorarán la capacidad de coordinación y control entre los distintos organismos del sector público nacional en materia de ingreso y liquidación de las divisas que dan lugar a los beneficios tributarios.

Ocurre en momentos en que el Gobierno busca acumular reservas en el Banco Central, como se acordó con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

“La Resolución General N°5173/2022 que se publica este lunes en el Boletín Oficial unifica en el Sistema Integral de Recupero (SIR) los distintos regímenes de devolución de gravámenes. La habilitación del SIR permite mejorar la dinámica de cobro de los créditos fiscales, simplificar los procedimientos para formalizar las solicitudes y optimizar controles sistémicos”, detalló la AFIP en un comunicado en el que anunció que “la herramienta entrará en vigencia el 1 de julio”.

La unificación del SIR complementa los cambios implementados sobre los mecanismos de reintegro en marzo de 2021, cuando el organismo dispuso que los sujetos que solicitan reintegros de IVA por exportaciones debían presentar la documentación requerida por el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales y cumplir además con las obligaciones dispuestas por el Banco Central en materia de ingreso y liquidación de las divisas, entre otros requisitos.

“La instrumentación del SIR se realizará en etapas y reemplazará a la normativa vigente de forma plena a partir del 1° de julio. La resolución prevé que entre abril y junio la AFIP recibirá observaciones y sugerencias que surjan de la interacción con el sistema al generar un borrador de solicitudes, y aquellas puedan acercar los consejos profesionales, federación de consejos y cámaras empresarias”, añadió la AFIP.

Fuentes del organismo le explicaron a Ámbito que quienes no hayan liquidado en tiempo y forma las divisas provenientes de sus ventas al exterior no podrán pedir reintegros de IVA por exportaciones. Con las modificaciones oficializadas hoy, se unificará todo el sistema de recuperos y se suman controles “ex ante” sobre la liquidación de las exportaciones.

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