Con el cierre del año fiscal, una duda recurrente inunda los módulos de atención y las redes sociales: ¿El Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) deposita aguinaldo? La respuesta corta es: el Instituto no, los empleadores sí.
Aguinaldo 2025 del INAPAM: ¿hasta qué fecha pueden depositarme el dinero extra de diciembre 2025?
Te explicamos quiénes son los únicos adultos mayores que tienen derecho legal a esta prestación y cuál es la fecha límite para exigirla.
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INAPAM y el aguinaldo: todo lo que debes saber.
Para miles de adultos mayores en México, el aguinaldo representa el ingreso más importante del semestre, pero es vital aclarar que este beneficio no es un programa social universal (como la Pensión Bienestar), sino un derecho laboral sujeto a condiciones contractuales muy específicas. No basta con tener la credencial vigente; es necesario estar activo en el mercado formal.
La llave del dinero: el Programa de Vinculación Productiva
El INAPAM ha sido enfático en sus comunicados recientes para evitar fraudes o falsas expectativas. El acceso al pago extra de diciembre es exclusivo para aquellos beneficiarios inscritos en el Programa de Vinculación Productiva.
Este esquema gubernamental tiene como objetivo insertar a personas de 60 años o más en empleos formales dentro de la iniciativa privada. La clave radica en la palabra "formal". Al ser contratados bajo este programa, las empresas que mantienen convenio oficial con el Instituto están obligadas por ley a otorgar todas las prestaciones, incluyendo:
- Salario base.
- Seguridad social (IMSS/ISSSTE).
- Vacaciones.
- Aguinaldo.
Por tanto, si un adulto mayor solo posee la credencial de descuentos pero no tiene un contrato laboral activo bajo este esquema, no recibirá ningún depósito por concepto de aguinaldo de parte del INAPAM.
Fecha límite y montos: lo que dice la Ley
Para quienes sí cumplen con el requisito de tener un empleo formal vinculado al INAPAM, las reglas del juego son las mismas que para cualquier trabajador mexicano bajo la Ley Federal del Trabajo (LFT). Los patrones tenían tiempo hasta el 20 de diciembre de 2025 para realizar el depósito. Pasada esta fecha, la omisión del pago se considera ilegal y es denunciable ante la PROFEDET.
La ley establece el pago equivalente a, por lo menos, 15 días de salario, siempre y cuando se haya laborado el año completo. Si el adulto mayor ingresó a trabajar a mitad de año o hace unos meses, no pierde el derecho; recibirá una parte proporcional al tiempo laborado.



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