29 de septiembre 2026 - 12:00

Alerta del ISSSTE para evitar problemas con la pensión: el error de cálculo que cometen miles de trabajadores

El organismo de previsión social de los empleados estatales de México adelantó un alerta especial para todos los mexicanos. Entérate de qué se trata.

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Alerta del ISSSTE para evitar problemas con la pensión: el error de cálculo que cometen miles de trabajadores

Los trabajadores del Estado que están próximos a jubilarse deben revisar con atención sus años de servicio, la edad requerida y el sueldo básico considerado para calcular su pensión del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Un error frecuente consiste en hacer la cuenta únicamente con los años completos trabajados y no tomar en cuenta las reglas aplicables a las fracciones de servicio.

El tema es especialmente importante para quienes pertenecen al Décimo Transitorio del ISSSTE, régimen que contempla a trabajadores que cotizaban antes de la entrada en vigor de la nueva Ley del ISSSTE de 2007 y que permanecieron en el esquema anterior. Para este grupo, la jubilación considera distintos requisitos relacionados con el tiempo de servicio, la edad y el sueldo básico.

Además, desde 2026 existen edades mínimas específicas para acceder a la pensión por jubilación del ISSSTE, por lo que cumplir con los años de servicio no significa automáticamente que una persona pueda retirarse en ese momento. La normativa establece que, durante 2026 y 2027, la edad mínima es de 56 años para las trabajadoras y 58 años para los trabajadores que cumplen con los demás requisitos del Décimo Transitorio.

Pensión ISSSTE: el error de cálculos que debes evitar

Uno de los principales errores al calcular la jubilación ISSSTE es considerar solamente los años completos de servicio y descartar los meses adicionales. De acuerdo con la información publicada por Mi Bolsillo, cuando la fracción de servicio supera los seis meses, puede computarse como un año completo para efectos del cálculo correspondiente.

Por ejemplo, un trabajador que registra 29 años y siete meses de servicio no debería realizar su proyección como si tuviera únicamente 29 años. No considerar esa fracción puede llevar a una estimación incorrecta del momento en que cumple con el requisito de años de servicio.

Este aspecto debe revisarse directamente con el historial que tenga registrado el ISSSTE, especialmente antes de iniciar el trámite de jubilación. La propia CONSAR señala que, bajo el Décimo Transitorio, la pensión se determina conforme a las reglas del régimen y tomando como referencia el sueldo básico correspondiente.

Pensión ISSSTE: no relacionar años cotizadas con edad

Otro error consiste en pensar que alcanzar el número de años de servicio es suficiente para obtener la pensión ISSSTE. Para la modalidad de jubilación del Décimo Transitorio también debe cumplirse con la edad mínima establecida para el año en que se solicita el retiro.

En 2026, las trabajadoras deben contar con al menos 56 años y los trabajadores con 58 años, además de acreditar 28 y 30 años de servicio, respectivamente. El calendario fue modificado mediante un decreto publicado en 2025 y contempla una reducción progresiva de las edades mínimas en los siguientes años.

A partir de 2028, la edad mínima será de 55 años para las mujeres y 57 para los hombres. Entre 2031 y 2033 bajará a 54 y 56 años, respectivamente, mientras que desde 2034 será de 53 años para las trabajadoras y 55 para los trabajadores.

Pensión ISSSTE: la confusión entre salario básico y el total

La cantidad que recibe un trabajador durante su vida laboral tampoco debe confundirse con el sueldo básico utilizado para calcular la pensión. En el Décimo Transitorio, la base para determinar la pensión corresponde al promedio del sueldo básico del último año de servicio antes de la baja.

Esto significa que el ingreso total que aparece en los recibos de nómina no necesariamente coincide con la cantidad que se utiliza para determinar el monto de la jubilación. Bonos, compensaciones u otras percepciones que no formen parte del sueldo básico cotizable pueden quedar fuera de la base utilizada para el cálculo.

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