Una resolución judicial cambió un aspecto clave del sistema de pensiones en México y podría beneficiar directamente a miles de familias. El IMSS deberá modificar la forma en que calcula la Pensión para Padres, luego de que la justicia determinara que el esquema anterior generaba una desigualdad injustificada.
Aviso urgente del IMSS: la Suprema Corte modificó la Ley 73 y ahora deberán pagarte más dinero si cumples con dos requisitos
Fíjate este cambio que ejecutó la Justicia mexicana y que beneficia a todo un importante grupo de pensionados en el país.
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Urgente IMSS: la Justicia modificó la Ley 73 y ahora deberán pagarte más dinero si cumples con dos requisitos
Durante décadas, bajo la Ley 73 del IMSS, los padres de trabajadores fallecidos que dependían económicamente de sus hijos solo podían recibir el 20% de la pensión. En contraste, los cónyuges sobrevivientes tenían derecho a un porcentaje mucho mayor. Esta diferencia fue cuestionada en tribunales y finalmente llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que emitió un fallo histórico.
La decisión obliga al IMSS a reconocer un porcentaje mucho más alto para los padres en ciertos casos. Esto significa que la Pensión para Padres podría aumentar considerablemente para quienes cumplan con dos condiciones específicas establecidas por el nuevo criterio judicial.
"Inconstitucional": qué dice el último fallo de la Corte sobre la Pensión para Padres
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el esquema de la Ley 73 del IMSS que otorgaba solo el 20% de la pensión a los padres del trabajador fallecido era inconstitucional.
Según el máximo tribunal, no existe una justificación legal válida para que los ascendientes reciban un porcentaje tan bajo frente al 90% que puede otorgarse al cónyuge sobreviviente. La Corte sostuvo que la pensión del IMSS no es un beneficio otorgado por el Estado, sino un derecho derivado de las cotizaciones que el trabajador realizó durante su vida laboral.
Por ello, establecer diferencias tan amplias entre los beneficiarios según su parentesco viola el principio constitucional de igualdad. A partir de este criterio, los padres que dependían económicamente del trabajador fallecido podrán reclamar un porcentaje mayor de la Pensión para Padres.
Sin embargo, el nuevo criterio tiene dos requisitos fundamentales:
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Los padres deben demostrar que dependían económicamente del trabajador fallecido.
No debe existir cónyuge, concubina o hijos con derecho vigente a pensión.
Cuando estas condiciones se cumplen, los padres podrán acceder al 90% de la pensión, un aumento muy significativo respecto al antiguo límite del 20%.
Otro punto clave es que esta resolución aplica únicamente a trabajadores que cotizaron bajo la Ley 73 del IMSS, es decir, quienes comenzaron a aportar al sistema antes del 1 de julio de 1997.
Aumentos: a dónde irá redirigido el dinero de la Pensión para Padres
Con el nuevo criterio judicial, el dinero de la Pensión para Padres deberá redistribuirse en favor de los ascendientes cuando sean los únicos beneficiarios posibles.
Esto significa que, en lugar de asignar solo el 20% de la pensión, el IMSS tendrá que reconocer un porcentaje mucho mayor que puede alcanzar hasta el 90%, siempre que no existan otros beneficiarios con prioridad legal.
El cambio representa un ajuste importante en la aplicación de la Ley 73 del IMSS, ya que durante años los padres recibieron montos considerablemente más bajos pese a depender económicamente de sus hijos.
Además, el fallo crea un precedente obligatorio. Esto implica que todos los jueces y tribunales del país deberán aplicar el mismo criterio en casos similares, lo que abre la puerta a que más familias reclamen una revisión de su pensión del IMSS.
Para entender si este cambio puede aplicarse en un caso específico, es fundamental conocer bajo qué régimen cotizó el trabajador fallecido. La Ley 73 aplica para quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y exige al menos 500 semanas de cotización. En cambio, la Ley 97 funciona bajo un sistema distinto basado en cuentas individuales administradas por las AFORE.




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