La Pensión del Bienestar para Adultos Mayores se entrega de manera bimestral y tiene reglas específicas sobre quién puede realizar trámites y disponer del apoyo económico. Ante el próximo pago de septiembre 2026, una de las dudas más frecuentes entre los beneficiarios es si otra persona puede acudir al Banco del Bienestar y cobrar el dinero en nombre del titular.
Las reglas del programa contemplan la figura de la persona adulta auxiliar, que puede apoyar al derechohabiente en determinadas gestiones cuando necesita asistencia. Sin embargo, estar registrado como auxiliar no significa que esa persona se convierta en titular de la pensión ni que pueda disponer libremente de los recursos depositados.
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Por eso, los adultos mayores y sus familiares deben conocer la diferencia entre ser auxiliar y ser beneficiario de la Pensión Bienestar. También existen reglas específicas para actuar cuando el titular fallece, incluida la posibilidad de solicitar el Pago de Marcha, un apoyo que se entrega por única ocasión bajo determinados requisitos.
Banco del Bienestar: puede cobrar otra persona que no sea la titular la Pensión del Bienestar
De acuerdo con las reglas citadas por Debate, la Pensión del Bienestar debe entregarse directamente a la persona derechohabiente y sin intermediarios, preferentemente mediante un instrumento bancario. Por lo tanto, que un adulto mayor tenga registrada a una persona adulta auxiliar no significa que esta pueda convertirse automáticamente en titular del apoyo o cobrarlo por su cuenta.
La persona adulta auxiliar debe ser mayor de edad y puede tratarse de un familiar, cónyuge, concubina o concubinario, aunque también puede ser alguien sin parentesco designado por el beneficiario. Su función consiste principalmente en acompañar al adulto mayor y ayudarlo con determinados trámites relacionados con el programa.
Esto significa que un familiar no puede acudir simplemente al Banco del Bienestar para retirar la pensión de un adulto mayor argumentando que está registrado como auxiliar. La figura de auxiliar sirve para facilitar gestiones, pero no modifica la titularidad de la Pensión Bienestar ni otorga por sí misma el derecho a quedarse con el dinero.
Por ese motivo, antes del pago de septiembre 2026, es importante que los beneficiarios mantengan actualizada su información y consulten directamente con los módulos de Bienestar cuando tengan dificultades para realizar algún trámite o acudir personalmente a una sucursal bancaria.
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Banco del Bienestar: qué sucede cuando el titular de la Pensión fallece
Cuando un beneficiario de la Pensión del Bienestar fallece, sus familiares o la persona adulta auxiliar tienen que informar a la Secretaría de Bienestar y presentar el acta o certificado de defunción correspondiente. La notificación es importante para que el programa actualice la situación del derechohabiente y evite pagos que ya no corresponden.
La pensión tampoco se convierte en una herencia para los familiares o para la persona adulta auxiliar. De acuerdo con la información publicada, tampoco pueden reclamarse pagos correspondientes a periodos posteriores al fallecimiento del titular.
Sin embargo, existe una prestación diferente conocida como Pago de Marcha. Se trata de un apoyo económico que se entrega por única ocasión a la persona adulta auxiliar que estaba registrada, siempre que cumpla con las condiciones establecidas y solicite el beneficio dentro del plazo correspondiente.