El Gobierno de la Ciudad de México (CDMX) intensificó la aplicación de multas que pueden alcanzar casi los 6 mil pesos para aquellos automovilistas que circulen con accesorios prohibidos en sus vehículos, como vidrios excesivamente polarizados o micas bloqueadoras de placas. Esta medida, fundamentada en el Reglamento de Tránsito vigente, tiene el propósito central de facilitar la identificación legal de las unidades, prevenir accidentes por deslumbramiento y garantizar que los sistemas de monitoreo vial operen sin interferencias de dispositivos tecnológicos evasivos.
La ignorancia de las normativas de movilidad suele ser el principal factor por el que los conductores terminan enfrentando estas fuertes mermas en sus finanzas personales. Las autoridades capitalinas subrayan que el nivel de oscurecimiento en las ventanas, la alteración del ruido en los escapes o el uso de luces deslumbrantes no son simples decisiones estéticas, sino infracciones directas que ponen en riesgo tanto al operador de la unidad como al resto de los usuarios de la vía pública.
CDMX: cuáles son los accesorios prohibidos y cuánto cuestan las multas
De acuerdo con las disposiciones legales de la Secretaría de Movilidad y la Secretaría de Seguridad Ciudadana, las sanciones económicas por portar estos aditamentos irregulares oscilan entre los 1,131 y los 5,657 pesos mexicanos, montos calculados con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA) de 2026. El impacto al bolsillo dependerá directamente de la gravedad de la falta y del tipo de accesorio detectado durante las revisiones de los elementos de tránsito en campo.
Para evitar sorpresas al momento de una detención, la lista oficial de objetos que son sancionables incluye los siguientes elementos:
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Portaplacas y micas: Cualquier cubierta, marco o plástico que tape o dificulte la lectura clara de los números o letras de la matrícula vehicular.
Vidrios polarizados: Películas de oscurecimiento mayores al 20% permitido para ventanas laterales y traseras, salvo por justificación médica debidamente acreditada.
Faros deslumbrantes: Luces de alta intensidad o barras LED que no cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas y cieguen a otros conductores.
Escapes modificados: Alteraciones mecánicas en el mofle diseñadas exclusivamente para generar un nivel de ruido superior al de fábrica.
Bocinas alteradas: Cláxones modificados que emitan sonidos estridentes, inusuales o excesivamente fuertes en el entorno urbano.
Sistemas antirradares: Detectores de velocidad diseñados para evadir la red de fotocívicas o burlar los dispositivos de la policía.
Neumáticos metálicos: Rines puntiagudos o accesorios en las ruedas que puedan causar un daño estructural a la carpeta asfáltica.
TRANSITO CDMX
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El costo de evadir la ley: radares y cristales ahumados
Uno de los castigos más severos contemplados en la legislación actual recae sobre aquellos automovilistas que intentan burlar la red de vigilancia electrónica de la capital. El uso de detectores antirradares o dispositivos que interfieran con las cámaras de fotocívicas y radares de velocidad amerita una sanción máxima de 50 UMAs, lo que se traduce en un golpe financiero directo de aproximadamente 5,865 pesos al valor actual de referencia.
Finalmente, en el recurrente y controversial tema de los cristales ahumados, las autoridades hacen un llamado a la revisión preventiva de los automóviles. El Reglamento es claro al estipular que la visibilidad hacia el interior de la cabina es innegociable por cuestiones de seguridad pública y prevención del delito, permitiendo un margen de polarizado máximo del 20% para proteger del sol sin comprometer la capacidad de identificación de los tripulantes por parte de las cámaras del C5 y las patrullas en circulación.