El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) enfrenta en 2026 una nueva etapa en la aplicación de las reglas de retiro para quienes permanecen bajo el régimen del Artículo Décimo Transitorio, una situación que brinda certeza a miles de trabajadores que buscan conocer con precisión cuándo podrán acceder a su jubilación.
Durante años, la coexistencia de distintos esquemas pensionarios generó dudas entre los servidores públicos. La reforma aprobada en 2007 modificó de manera importante las condiciones para el retiro, estableciendo reglas diferenciadas según la fecha de incorporación de cada trabajador al sistema. Ahora, con la actualización de edades prevista para 2026, los beneficiarios cuentan con un panorama más claro para organizar su salida de la vida laboral.
La presidenta Claudia Sheinbaum ha puesto sobre la mesa la importancia de brindar información transparente sobre los derechos pensionarios de los trabajadores del Estado, especialmente para quienes continúan bajo las disposiciones del Décimo Transitorio y se acercan a la etapa de jubilación.
Chau reforma del 2007: nuevas edades jubilatorias para el Décimo Transitorio en 2026
Los trabajadores que cotizaban antes del 1 de abril de 2007 y optaron por permanecer en el régimen del Artículo Décimo Transitorio conservan condiciones distintas a las de quienes migraron al sistema de cuentas individuales. Sin embargo, este esquema contempla un incremento gradual en la edad mínima para jubilarse. A partir de 2026 entra en vigor una nueva actualización que modifica los requisitos para acceder a una jubilación completa.
Las mujeres deberán acreditar una edad mínima de 58 años, mientras que los hombres tendrán que cumplir al menos 60 años para iniciar el trámite correspondiente. No obstante, alcanzar la edad requerida no es suficiente. La legislación también exige cumplir con un determinado número de años de servicio cotizados ante el instituto.
En este sentido, las trabajadoras deberán demostrar un mínimo de 28 años de servicio, mientras que los trabajadores hombres necesitarán acreditar 30 años de cotización. La combinación de ambos requisitos resulta indispensable. Esto significa que una persona que reúna la edad mínima, pero no los años de servicio establecidos, no podrá acceder a la jubilación en las condiciones previstas por este régimen. Lo mismo ocurrirá si cuenta con los años trabajados, pero todavía no alcanza la edad exigida.
La principal ventaja para quienes permanecen en el Décimo Transitorio es que mantienen un esquema basado en años de servicio y edad, diferente al modelo de cuentas individuales que depende directamente de los recursos acumulados durante la vida laboral.
Además, existen otras alternativas dentro del sistema, como la modalidad de Pensión por Edad y Tiempo de Servicios, diseñada para quienes no cumplen con todos los requisitos de la jubilación ordinaria. En estos casos, el retiro puede concretarse con un porcentaje menor del salario base utilizado para calcular la pensión.
La recomendación para los trabajadores próximos al retiro es revisar con anticipación su historial laboral, verificar que todos los periodos de servicio estén correctamente registrados y consultar cualquier inconsistencia antes de iniciar el trámite.
pensionado jubilado
ISSSTE: qué deben saber los servidores públicos sobre las nuevas edades de jubilación
Edad de jubilación del Décimo Transitorio del ISSSTE para próximos años
Las modificaciones previstas para 2026 no representan el final del calendario de ajustes contemplado por la ley. De hecho, las edades mínimas continuarán aumentando durante los siguientes años para los trabajadores que permanecen en este régimen. Actualmente, el esquema de transición establece el siguiente calendario:
Periodo 2024-2025
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Mujeres: 57 años.
Hombres: 59 años.
Periodo 2026-2027
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Mujeres: 58 años.
Hombres: 60 años.
A partir de 2028
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Mujeres: 60 años.
Hombres: 62 años.
Estos incrementos forman parte de la estrategia implementada desde la reforma de 2007 para ajustar gradualmente las condiciones de retiro y evitar cambios bruscos dentro del sistema pensionario.
Para quienes ingresaron al servicio público después del 1 de abril de 2007, las reglas son diferentes. En estos casos aplica el esquema de cuentas individuales administradas por una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), donde la pensión depende principalmente de los recursos acumulados durante la trayectoria laboral.
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Claudia Sheinbaum y el ajuste que redefine el acceso a la jubilación en el ISSSTE
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Bajo este modelo, la Pensión por Cesantía en Edad Avanzada puede solicitarse a partir de los 60 años, mientras que la Pensión por Vejez está disponible desde los 65 años. Asimismo, los trabajadores deben acreditar al menos 25 años de cotización para acceder a los beneficios correspondientes. El monto final de la pensión se determina de acuerdo con el ahorro acumulado en la cuenta individual y los rendimientos generados a lo largo del tiempo.
Al momento del retiro, el beneficiario puede elegir entre distintas modalidades de pago, como una renta vitalicia contratada con una aseguradora o los retiros programados administrados con los recursos disponibles. En caso de que el saldo acumulado no sea suficiente para garantizar ingresos adecuados durante la jubilación, el Estado contempla la posibilidad de otorgar una Pensión Garantizada, siempre que el trabajador cumpla con los requisitos mínimos establecidos por la legislación vigente.
Por ello, especialistas en seguridad social recomiendan que los servidores públicos revisen periódicamente su situación pensionaria y conozcan con anticipación las reglas aplicables a su régimen, ya que una correcta planeación puede marcar una diferencia significativa al momento de concluir su vida laboral.