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31 de julio 2026 - 12:00

El pago único del Bienestar de $3,200 que miles de hombres y mujeres desconoce: quiénes lo pueden reclamar en 2026

Hay un beneficio especial del esquema de Bienestar que puede servirle a más de uno. Entérate de qué se trata.

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El pago único del Bienestar de $3,200 que miles de hombres y mujeres desconoce: quiénes lo pueden reclamar en 2026

Las personas inscritas en la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores tienen derecho a un apoyo económico especial cuando fallece un beneficiario. Se trata del Pago de Marcha, un beneficio que en 2026 asciende a 3,200 pesos y que se entrega por única ocasión a quien cumpla con los requisitos establecidos en las reglas de operación del programa.

Este apoyo no forma parte de la pensión mensual ni puede heredarse automáticamente a los familiares. Para recibirlo es indispensable que la persona solicitante haya sido registrada previamente como persona auxiliar del derechohabiente o que su caso sea analizado por el Comité Técnico en circunstancias especiales.

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Además, la Secretaría de Bienestar establece un plazo específico para reportar el fallecimiento y presentar la documentación correspondiente. Si el aviso no se realiza dentro del tiempo permitido, el derecho al Pago de Marcha puede perderse definitivamente.

Qué es el Pago de Marcha de la Pensión del Bienestar

El Pago de Marcha es un apoyo económico extraordinario que entrega la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores cuando fallece un derechohabiente. Su objetivo es brindar un respaldo económico a la persona adulta auxiliar registrada oficialmente en el programa.

Es importante señalar que este beneficio no sustituye la pensión del beneficiario fallecido ni representa una herencia o una prestación permanente. Tampoco equivale a una pensión por viudez, orfandad, un seguro de vida, un reembolso total de gastos funerarios o una prestación del IMSS o del ISSSTE.

Al tratarse de un programa social no contributivo, sus reglas son distintas a las de las pensiones derivadas de una relación laboral. El recurso únicamente puede entregarse si se cumplen todos los requisitos establecidos en las Reglas de Operación publicadas para el ejercicio fiscal 2026.

Pago de Marcha de la Pensión del Bienestar: monto de 2026

Durante 2026, la Pensión Bienestar para personas adultas mayores entrega 6,400 pesos cada bimestre. El Pago de Marcha corresponde al equivalente de un mes de ese apoyo, por lo que su monto vigente es de 3,200 pesos.

Este recurso se entrega una sola vez y no genera depósitos posteriores. Además, el beneficio solo procede cuando el fallecimiento fue notificado dentro del plazo establecido y no existen pagos indebidos realizados después de la muerte del derechohabiente.

Las autoridades también recuerdan que la cifra vigente corresponde al ejercicio fiscal 2026. En 2025 el monto era distinto, por lo que no deben utilizarse referencias de años anteriores para realizar el trámite.

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Pago de Marcha de la Pensión del Bienestar: cómo solicitarlo

El primer paso consiste en notificar el fallecimiento a la Línea del Bienestar, llamando al 800 639 42 64. Durante la llamada se solicitarán datos del beneficiario, de la persona auxiliar y, en algunos casos, información contenida en el acta de defunción o en la constancia médica correspondiente.

Una vez realizado el reporte, el sistema generará un folio, el cual debe conservarse para dar seguimiento al trámite y acreditar la fecha en que se notificó el fallecimiento. Posteriormente, el personal del programa indicará si es necesario acudir a un Módulo de Bienestar, entregar documentos, presentar originales y copias o realizar alguna actualización de datos.

La Secretaría de Bienestar verificará que el beneficiario estuviera inscrito en el padrón, que quien realiza la solicitud sea la persona auxiliar registrada, que el aviso se haya presentado dentro del plazo y que no existan depósitos improcedentes posteriores al fallecimiento. Si todo es validado, el Pago de Marcha normalmente se entrega en el bimestre siguiente mediante el mecanismo que determine el programa, ya sea depósito, orden de pago, Banco del Bienestar u otro medio autorizado.

El trámite debe iniciarse dentro de los dos bimestres posteriores al fallecimiento. Si el aviso se presenta fuera de ese periodo, las reglas de operación establecen que se pierde el derecho al apoyo económico.

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Función de la persona auxiliar en la Pensión del Bienestar

La persona auxiliar es quien fue registrada oficialmente por el derechohabiente para apoyarlo en diversos trámites relacionados con la Pensión Bienestar. Puede tratarse de un hijo, hija, esposo, esposa, pareja, hermano, nieto, otro familiar o incluso una persona de confianza sin parentesco.

Entre sus funciones se encuentran solicitar orientación, reportar problemas con los pagos, ayudar en la actualización de datos, informar el extravío de la tarjeta, comunicar cambios de domicilio, acompañar al beneficiario a los módulos y notificar el fallecimiento cuando corresponda.

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