1 de agosto 2026 - 11:00

El trámite del ISSSTE que pocos conocen y te conviene saber para transferir tu cotización de semanas en agosto 2026

El organismo de servicios y prestaciones de México adelantó que habrá algunos beneficios especiales para los mexicanos. Entérate cuáles son.

El trámite del ISSSTE que pocos conocen y te conviene saber para transferir tu cotización de semanas

El trámite del ISSSTE que pocos conocen y te conviene saber para transferir tu cotización de semanas

Este procedimiento, disponible tanto en línea como de forma presencial, facilita que quienes trabajaron en el sector público y privado durante diferentes etapas de su vida laboral sumen esos periodos de cotización. De esa manera, pueden alcanzar el mínimo de semanas exigido para solicitar una pensión del ISSSTE, según corresponda.

La CONSAR explica que este beneficio deriva del convenio de colaboración firmado entre ambos institutos en 2009. Gracias a este esquema, un año de servicio en el ISSSTE equivale a 52 semanas cotizadas, lo que permite reconocer de forma integral la trayectoria laboral del trabajador.

Distribución de pensiones: cómo influye en tu posibilidad de acceder a una de ellas

La portabilidad de derechos resulta especialmente importante para quienes dividieron su vida laboral entre el sector privado y el público. Sin este trámite, las semanas cotizadas en el instituto donde se trabajó menos tiempo no se toman en cuenta para el cálculo de la pensión, lo que puede impedir cumplir con el requisito mínimo de cotización.

Al sumar los periodos cotizados mediante la portabilidad, muchas personas logran alcanzar el mínimo requerido y evitan que su solicitud de pensión sea rechazada. Por ello, este mecanismo puede marcar la diferencia entre obtener o no una pensión por retiro, cesantía en edad avanzada o vejez.

Quiénes pueden pedirlas y bajo qué términos

La portabilidad de derechos está dirigida a trabajadores que hayan cotizado en el ISSSTE en periodos distintos, es decir, que no hayan realizado aportaciones simultáneas a ambos institutos durante el mismo lapso.

Los solicitantes deben pertenecer al régimen de cuentas individuales del ISSSTE, además de estar amparados bajo la Ley 73 o Ley 97 del Seguro Social y formar parte del. Asimismo, deben haber causado baja del instituto desde el cual transferirán sus derechos y presentar la solicitud de pensión en el último organismo donde realizaron cotizaciones.

En términos generales, el trámite puede iniciarse a partir de los 59 años, aunque la pensión se solicita a los 60 años por cesantía en edad avanzada o a los 65 años por vejez. No obstante, existen excepciones para quienes ya cumplen con las semanas requeridas y cuentan con recursos suficientes en su cuenta individual para contratar una renta vitalicia superior al 30% de la pensión garantizada, una vez cubierto el seguro de sobrevivencia.

El trámite puede realizarse las 24 horas del día mediante IMSS Digital, utilizando únicamente el Número de Seguridad Social (NSS), la CURP y un correo electrónico. También es posible acudir a las oficinas del ISSSTE dependiendo del instituto donde se hayan realizado las últimas cotizaciones.

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