El Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS) confirmó la puesta en marcha de la reciente reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) en relación a las plataformas digitales, la cual le da derechos laborales a choferes de aplicaciones como Uber y repartidores de comida, entre otros. Entre los aspectos más destacados, está la afiliación al organismo y la posibilidad de acceder a los beneficios sociales que ofrece el mismo.
IMSS alegra a 1.2 millones de trabajadores mexicanos que estaban fuera del sistema: de qué se trata
Se trata de la implementación de una de las recientes reformas a la Ley Federal del Trabajo. En esta nota, los detalles.
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Zoé Robledo, el titular del IMSS actualmente.
Zoé Robledo, titular del IMSS, informó que, al 31 de julio, un total de 1 millón 291 mil 365 personas asociadas a estas plataformas ya están registradas ante el Instituto, con acceso a seguridad social. “Sí se puede asegurar a esta forma de trabajo tan reciente. No se puede excluir a la seguridad social. Cuando no se protege al trabajador, es un sistema de explotación”, afirmó durante la Mañanera del Pueblo de este miércoles.
Por otro parte, la subsecretaria de Empleo y Productividad Laboral, Quiahuitl Chávez, informó que desde junio las empresas comenzaron a registrar a sus trabajadores para garantizar su acceso a la seguridad social. Afirmó que desde el primer día de actividad, los trabajadores están protegidos por la ley.
Aquellos que generen ingresos mensuales iguales o superiores a un salario mínimo neto tienen acceso completo a los derechos laborales, incluyendo afiliación al IMSS, pensión, servicios de guardería y otras prestaciones. Además, la legislación garantiza la libertad de elegir los horarios de conexión y la plataforma con la que desean colaborar.
Estos son todos los beneficios que obtendrán los trabajadores de plataformas digitales al afiliarse al IMSS
Los trabajadores de plataformas digitals y aplicaciones como Uber, Didi, Rappi, entre otras, que decidan afiliarse al IMSS contarán con los siguientes beneficios:
- Las empresas tendrán la obligación de cubrir las cuotas obrero-patronales antes del día 17 de cada mes.
- Los ingresos netos se calcularán deduciendo un porcentaje del ingreso bruto mensual, según el tipo de vehículo utilizado para la prestación del servicio. En los primeros tres meses se aplicarán exclusiones del 60% para quienes usen automóviles, 50% para motocicletas y 15% para bicicletas o quienes no utilicen vehículos. A partir de octubre, los porcentajes se ajustarán a 36%, 30% y 12%, respectivamente.
- Si sufren un accidente durante el trabajo, la plataforma será responsable de cubrir el aseguramiento y las cuotas correspondientes durante su incapacidad.
- Las personas pensionadas que trabajen en plataformas seguirán recibiendo su pensión, aun cuando estén registradas ante el IMSS por parte de las empresas.
- Los trabajadores tendrán la posibilidad de planificar su retiro y obtener una pensión para su jubilación.
- Acceder a créditos Infonavit para viviendas.
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