26 de junio 2025 - 09:15

IMSS e ISSSTE: el SAT perdona a estos jubilados de pagar impuestos

Checa qué jubilados no tendrán que abonar sus impuestos, de acuerdo al ISSSTE y al IMSS.

Qué jubilados no deberán pagar impuestos según el IMSS y el ISSSTE.

Qué jubilados no deberán pagar impuestos según el IMSS y el ISSSTE.

En México, millones de personas dependen de su pensión para vivir dignamente tras años de trabajo. Para muchos jubilados, cada peso cuenta, y cualquier alivio fiscal puede marcar una gran diferencia en su economía. En ese contexto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha generado un gran interés al confirmar que ciertos jubilados están exentos de pagar impuestos sobre su pensión, ya sea que reciban pagos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Esta medida representa un respiro financiero importante para un sector de la población que, muchas veces, enfrenta dificultades económicas. La exención aplica bajo ciertas condiciones, por lo que es fundamental conocer si uno califica para este beneficio y qué trámites (si es que los hay) deben realizarse para mantener la exención.

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La claridad en torno a quién debe pagar y quién no ha sido clave para evitar malentendidos. Por eso, en esta nota te explicamos en qué casos los jubilados del IMSS e ISSSTE están exentos de impuestos, qué monto está libre de gravamen y cómo actúa el SAT en relación con las pensiones.

IMSS e ISSSTE: qué jubilados deben pagar los impuestos del SAT

De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), los jubilados que reciben una pensión hasta por el equivalente a 15 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) diaria están exentos del pago de impuestos. En 2025, esta cantidad representa aproximadamente $1,841.85 pesos diarios, lo que equivale a $55,255.50 mensuales.

Esto significa que quienes reciben pensiones inferiores a ese monto mensual no deben pagar ISR, sin importar si la pensión proviene del IMSS, ISSSTE u otro sistema de retiro autorizado. Sin embargo, si la pensión supera ese umbral, el excedente sí está sujeto a impuestos, y en esos casos, el SAT puede retener el monto correspondiente automáticamente.

También es importante considerar que si un jubilado tiene otras fuentes de ingreso, como rentas, honorarios o pensiones privadas, podría estar obligado a presentar declaraciones anuales y pagar impuestos por ese ingreso adicional, aunque su pensión principal esté exenta.

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Qué hace el SAT

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es la autoridad encargada de aplicar las disposiciones fiscales y aduaneras en México. Su labor incluye la recaudación de impuestos, la fiscalización de contribuyentes y la facilitación del cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.

En el caso de los jubilados, el SAT no exige declaraciones anuales ni pagos adicionales si sus ingresos están dentro del límite exento. Las pensiones se consideran ingresos exentos cuando no superan el umbral establecido y provienen de instituciones oficiales como el IMSS e ISSSTE. En estos casos, no es necesario presentar declaración anual, a menos que se cuente con otros ingresos o se desee solicitar una devolución.

Sin embargo, si un jubilado detecta que le están reteniendo ISR sin razón aparente, puede acudir al SAT para solicitar una revisión, ya que en muchos casos los errores provienen de los sistemas de retención del propio instituto pagador. También puede presentar una queja o aclaración mediante el portal del SAT o agendar una cita presencial.

En resumen, si estás jubilado por el IMSS o ISSSTE y tu pensión mensual no supera los $55,255.50 pesos, el SAT te perdona de pagar impuestos, y no estás obligado a presentar declaración anual. Conocer esta información es clave para proteger tu economía y asegurarte de que no te descuenten de más.

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