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18 de julio 2026 - 10:00

IMSS e ISSSTE tranquilizan a millones de pensionados que temían perder el pago de agosto 2026 ´por este trámite

Las autoridades de seguridad social aclararon la situación de los beneficiarios frente a las dudas sobre la vigencia de sus depósitos mensuales.

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La incertidumbre entre la población de la tercera edad respecto a la continuidad de sus ingresos mensuales suele generar dudas constantes en el entorno administrativo de las instituciones de salud. Recientemente, surgieron versiones sobre un proceso obligatorio que supuestamente condicionaría el depósito correspondiente al octavo mes del año.

Ante este panorama, IMSS e ISSSTE emitieron un pronunciamiento oficial para aclarar la situación de los derechohabientes. El objetivo de las autoridades es evitar la saturación de sus oficinas y dar certidumbre a las familias que dependen de este ingreso.

La resolución de los institutos especifica qué pasará con las transferencias programadas y detalla el estatus real de las obligaciones administrativas de los afiliados.

IMSS e ISSSTE: la verdad sobre el certificado de supervivencia

El certificado de supervivencia es el documento oficial que avala que un pensionado sigue con vida y, por lo tanto, mantiene el derecho a cobrar sus depósitos mensuales. No obstante, las reglas cambiaron y ya no se trata de un requisito general para todos los jubilados del IMSS y del ISSSTE.

Gracias a la modernización de los sistemas, el proceso se automatizó para la gran mayoría de las personas que radican en el país. Esto significa que la mayor parte de los beneficiarios ya no tiene la obligación de presentarse en las ventanillas para cumplir con este paso, quedando este deber limitado a un sector muy particular.

IMSS e ISSSTE: los únicos obligados a realizar el trámite del certificado de supervivencia

La obligación de comprobar la supervivencia se mantiene vigente de forma exclusiva para los pensionados del IMSS y del ISSSTE que actualmente residen fuera de México. Para ellos, validar de manera periódica que continúan con vida es indispensable si quieren evitar que se congele el pago de su prestación.

Este trámite en el exterior se gestiona directamente en las sedes consulares mexicanas. Por el contrario, quienes viven dentro de la República Mexicana están exentos de realizarlo de forma presencial, ya que las dependencias cruzan los datos e información interna de manera automática para confirmar el estatus de cada beneficiario.

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