Las instituciones de seguridad social del país han lanzado un recordatorio urgente para un sector específico de sus derechohabientes. Tanto el IMSS como el ISSSTE y el ISSFAM mantienen vigente el trámite del certificado de supervivencia para aquellos pensionados y jubilados que cobran sus respectivos haberes fuera del territorio nacional.
Según la información oficial difundida por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), esta comprobación de fe de vida es un procedimiento indispensable para garantizar la continuidad en la recepción de los fondos económicos en el extranjero. Para quienes radican en el exterior, este trámite permite mantener sus derechos vigentes acudiendo a la red consular, evitando así la necesidad de trasladarse físicamente a México.
¿Quiénes están obligados y cuáles son las fechas límite?
Es importante aclarar que este requisito aplica de manera obligatoria únicamente para los beneficiarios que residen fuera de México. Para los jubilados que viven dentro de la República Mexicana, la verificación presencial en ventanilla fue eliminada por completo gracias a la automatización y el cruce de bases de datos gubernamentales.
En cuanto a los plazos, las fechas y ventanas de presentación varían según el instituto de adscripción, conforme a la normativa vigente:
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ISSSTE e ISSFAM: La verificación se realiza de manera semestral. La primera acreditación se cumple durante enero o febrero, mientras que la segunda ventana de comprobación comprende julio y agosto, fijando el lunes 31 de este mes como fecha límite oficial.
IMSS: Los pensionados radicados en el extranjero están obligados a comprobar su supervivencia de forma electrónica en la oficina consular más cercana cada seis meses.
Documentos necesarios y cómo agendar tu cita consular
La Secretaría de Relaciones Exteriores reitera que la emisión del certificado de supervivencia es un trámite totalmente gratuito. Los titulares deberán acudir presencialmente a su cita con la siguiente documentación en original y copia:
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Identificación de pensionista: Credencial otorgada por el instituto (IMSS o ISSSTE) o Tarjeta de Filiación del ISSFAM. En su defecto, se puede presentar una identificación oficial vigente (pasaporte, matrícula consular o INE) junto con el número de seguridad social o de pensionista asignado.
Comprobante de cobro: El último talón de pago o recibo de pensión emitido por la entidad correspondiente.
Fotografía reciente: Para el ISSSTE o ISSFAM, se requiere una foto a color, tomada de frente y tamaño credencial. Para el IMSS, debe ser una foto reciente, aunque algunas representaciones consulares precisan que sea tamaño pasaporte o credencial a color.
Finalmente, las autoridades consulares recuerdan que las citas deben programarse con antelación a través de las vías oficiales del Gobierno de México. Esto se puede realizar mediante el portal oficial de citas de la SRE, llamando al centro de atención telefónica de MiConsulado para llamadas internacionales, o a través del servicio de atención vía WhatsApp dispuesto por la Cancillería mexicana.