3 de agosto 2026 - 13:00

IMSS mantiene trámite en agosto 2026 que te dará aumento automático a partir del próximo mes

Miles de pensionados pueden acceder a un beneficio previsto en la Ley 73 si acreditan determinadas condiciones familiares y presentan la documentación requerida.

IMSS mantiene trámite en agosto 2026 que te dará aumento automático a partir del próximo mes

IMSS mantiene trámite en agosto 2026 que te dará aumento automático a partir del próximo mes

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) mantiene durante agosto de 2026 un trámite que puede traducirse en un aumento permanente del monto de la pensión desde el siguiente pago para quienes cotizan bajo la Ley 73 y cumplen con las condiciones establecidas por la legislación. Se trata de un derecho poco conocido que no modifica el régimen pensionario, pero sí permite incrementar el depósito mensual.

Aunque miles de personas consideran que el importe de su pensión queda definido desde el momento en que se autoriza el retiro, la normativa contempla mecanismos para mejorar ese ingreso cuando existen familiares que dependen económicamente del pensionado. El incremento se calcula mediante porcentajes adicionales sobre la pensión autorizada.

El punto clave es que este beneficio no se activa de manera automática. Los pensionados deben presentar la solicitud correspondiente y acreditar, mediante documentación oficial, que cumplen con los requisitos previstos en la Ley del Seguro Social, por lo que iniciar el procedimiento durante agosto podría reflejarse en el pago del mes siguiente si la resolución resulta favorable.

Qué son las Asignaciones Familiares del IMSS Ley 73

Las Asignaciones Familiares son un apoyo económico previsto en la Ley del Seguro Social para determinados pensionados. Su propósito es reconocer que existen personas que dependen económicamente del beneficiario y, por ello, otorgar un ingreso adicional que contribuya a cubrir sus necesidades.

Este derecho aplica para diversos tipos de pensión previstos por la legislación, entre ellos algunos casos correspondientes al régimen de la Ley 73, así como pensiones relacionadas con los seguros de Invalidez y Vida o de Riesgos de Trabajo, siempre que se satisfagan las condiciones establecidas por el Instituto.

El beneficio no se entrega de forma automática y debe solicitarse ante el Instituto.

El beneficio no se entrega de forma automática y debe solicitarse ante el Instituto.

Uno de los aspectos más importantes es que el IMSS no concede este beneficio de oficio. El pensionado debe promover el trámite y comprobar el vínculo familiar, además de acreditar, cuando corresponda, la dependencia económica de las personas por las cuales solicita la asignación.

Para muchos jubilados, este procedimiento representa una oportunidad de mejorar su ingreso mensual sin cambiar de modalidad de pensión ni realizar un nuevo cálculo de semanas cotizadas. Se trata únicamente del reconocimiento de un derecho contemplado por la legislación vigente.

IMSS Ley 73: cuánto aumenta con las Asignaciones Familiares

El monto adicional depende del familiar que genere el derecho a la asignación. Los porcentajes se calculan sobre el importe de la pensión, por lo que el incremento puede ser considerable cuando existen varios beneficiarios reconocidos.

La legislación establece los siguientes porcentajes:

  • 15% adicional cuando el pensionado tiene esposa o concubina.
  • 10% adicional por cada hijo menor de 16 años.
  • 10% para hijos de hasta 25 años, siempre que continúen estudiando en instituciones incorporadas al Sistema Educativo Nacional.
  • Sin límite de edad para hijos con una discapacidad que les impida mantenerse por sí mismos.
  • 10% adicional por cada padre, cuando dependan económicamente del pensionado y no existan esposa, concubina o hijos con derecho a la asignación.

Estos incrementos pueden acumularse conforme a lo previsto por la ley, por lo que el beneficio representa un apoyo importante para quienes mantienen económicamente a varios integrantes de su familia. Además, la legislación contempla otra alternativa para quienes no tienen familiares que puedan generar Asignaciones Familiares. En esos casos puede otorgarse una Ayuda Asistencial, siempre que el Instituto determine que el pensionado requiere ese respaldo económico y reúna las condiciones aplicables.

Así es el trámite para activar las Asignaciones Familiares de Ley 73 en agosto 2026

El procedimiento suele ser más sencillo cuando el pensionado reúne previamente toda la documentación requerida. Presentar los documentos completos ayuda a agilizar la revisión del expediente y evita retrasos durante el proceso. Generalmente, el Instituto solicita:

  • Identificación oficial vigente.
  • Número de Seguridad Social.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Acta de nacimiento del pensionado.
  • Acta de matrimonio o documentos que acrediten el concubinato, cuando corresponda.
  • Actas de nacimiento de los hijos.
  • Constancias de estudios para hijos mayores de 16 años que continúen estudiando.
  • Documentación médica, cuando se trate de hijos con discapacidad permanente.
  • Documentos que acrediten la dependencia económica de los padres, en los casos aplicables.
El porcentaje adicional depende del familiar con derecho reconocido por la ley.

El porcentaje adicional depende del familiar con derecho reconocido por la ley.

Dependiendo de cada expediente, el IMSS puede requerir información adicional, por lo que resulta recomendable verificar previamente los requisitos específicos antes de acudir a realizar la gestión.

También es indispensable mantener actualizada la información familiar. Si las condiciones que dieron origen al beneficio cambian, el pensionado debe informarlo al Instituto para evitar pagos indebidos que posteriormente puedan ser reclamados. Entre las situaciones que deben notificarse destacan:

  • Cuando un hijo alcanza la edad límite y deja de estudiar.
  • Si concluye el concubinato.
  • En caso del fallecimiento de alguno de los beneficiarios.
  • Cuando desaparece la dependencia económica que justificó la asignación.

Aunque este beneficio existe desde hace años, muchos pensionados de la Ley 73 continúan recibiendo únicamente el monto base de su pensión porque desconocen que pueden solicitar este incremento. Por ello, revisar la situación familiar, reunir la documentación correspondiente y presentar el trámite durante agosto de 2026 puede convertirse en una oportunidad para obtener un depósito mensual más alto a partir del siguiente pago, siempre que el Instituto autorice la solicitud conforme a la legislación vigente.

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