Un sector específico de pensionados del (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado ( ISSSTE) podrá percibir un ingreso mensual ajustado de hasta 16,777.68 pesos (monto equivalente al salario promedio registrado ante el IMSS e indexado por inflación, cercano a la cifra techo de los 18,000 pesos).
Este ajuste económico se ejecuta mediante la asignación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, mecanismo creado para garantizar que la pensión de retiro sea equivalente al 100% del último salario cotizado por el trabajador.
El objetivo de esta medida es subsanar las minusvalías o bajas tasas de reemplazo que afectaron a las generaciones que cotizan bajo esquemas de cuentas individuales de Afore. No obstante, este pago no se aplica de manera generalizada a toda la población de la tercera edad, sino únicamente a quienes cumplan con los marcos temporales y normativos fijados por la reforma de pensiones.
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¿Quiénes tienen derecho al pago de casi 18,000 pesos mensuales?
Para ser acreedor a este complemento económico en el depósito de septiembre de 2026, el jubilado debe pertenecer a los regímenes de retiro vigentes basados en cuentas individuales y cumplir estrictamente con los siguientes requisitos:
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Para afiliados al IMSS: Haber comenzado a cotizar a partir del 1 de julio de 1997 (pertenecer a la Ley 97) y tramitar su retiro al alcanzar la edad legal y las semanas cotizadas requeridas.
Para afiliados al ISSSTE: Encontrarse bajo el régimen de cuentas individuales instaurado mediante la reforma de la ley en 2007.
Fecha de jubilación: Haber solicitado el dictamen de pensión a partir de la entrada en vigor del Fondo de Pensiones para el Bienestar (mayo de 2024 en adelante).
Tope Salarial: Que el último salario registrado en la vida laboral activa del trabajador haya sido igual o inferior al promedio registrado ante el IMSS ($16,777.68 pesos mensuales ajustables según la inflación).
¿Cómo funciona la compensación del Fondo de Pensiones para el Bienestar?
Bajo el modelo tradicional de las Afores, un trabajador que ganaba 15,000 pesos al mes al momento de su retiro solía recibir una pensión proyectada de entre 5,000 y 7,000 pesos debido al rendimiento acumulado en su saldo individual.
Con la operación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, el Estado aporta la diferencia restante para equiparar la pensión final al 100% del último sueldo. Por ejemplo, si a un trabajador le corresponde una pensión calculada por su Afore de 8,000 pesos y su último sueldo fue de 15,000 pesos, el fondo gubernamental deposita un complemento adicional de 7,000 pesos, logrando que el pago total en su cuenta bancaria alcance la cifra completa. Aquellos trabajadores cuyo último salario alcanzaba el tope fijado perciben el monto máximo tope fijado por la norma.
Quienes quedan excluidos de recibir este complemento presupuestal
Es fundamental precisar las limitaciones operativas fijadas por las autoridades financieras y de seguridad social para evitar confusiones en los depósitos correspondientes a septiembre:
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Jubilados bajo la Ley de 1973 del IMSS: Quienes cotizan bajo el régimen de 1973 conservan el cálculo de pensión basado en el promedio de los últimos cinco años cotizados y no entran en este esquema de complementación.
Pensionados anteriores a mayo de 2024: Las personas que hayan tramitado su pensión con anterioridad a la creación oficial del fondo no reciben este ajuste retroactivo.
Trabajadores con sueldos superiores al límite: Quienes hayan cotizado con salarios que superen el tope estipulado de $16,777.68 pesos no reciben una igualación porcentual sobre el excedente de dicho monto.