En México, millones de personas mayores de 65 años dependen de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, un programa federal impulsado por la Secretaría de Bienestar que otorga 6 mil 200 pesos bimestrales a cada beneficiario. Sin embargo, no todos los registrados recibirán el pago correspondiente al bimestre de noviembre 2025, ya que existen casos en los que el derecho al cobro puede ser suspendido o incluso cancelado de manera definitiva.
Aunque este apoyo económico fue elevado a rango constitucional hace cinco años, su entrega está sujeta al cumplimiento de ciertas reglas operativas. Esto significa que estar inscrito en el padrón no garantiza el cobro permanente, ya que las autoridades del Bienestar pueden dar de baja a quienes incumplan con los requisitos establecidos o incurran en irregularidades administrativas.
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De acuerdo con la información oficial, la Secretaría de Bienestar mantiene un monitoreo constante de los beneficiarios para verificar que los recursos lleguen únicamente a quienes cumplen con los criterios del programa. En ese sentido, existe una “lista negra” que incluye a los adultos mayores que serán dados de baja y no recibirán el pago en noviembre 2025.
Pensión del Bienestar: quiénes no cobrarán en noviembre 2025
Entre las principales causas por las cuales un adulto mayor puede dejar de recibir la pensión del Bienestar se encuentra la baja por errores en los datos de identificación. Esto ocurre cuando la información personal del beneficiario no coincide con los registros del padrón o del Banco del Bienestar, impidiendo validar el pago.
Otra causa común es la baja por no cobrar dos pagos consecutivos. Si una persona no retira los recursos de su cuenta o no asiste a los módulos para recibirlos durante dos bimestres seguidos, se le da de baja automáticamente del programa. Lo mismo sucede con quienes no acuden a recoger la tarjeta del Banco del Bienestar, una acción considerada esencial para la continuidad del beneficio.
También existe la baja por cobro simultáneo, aplicada cuando se detecta que una misma persona aparece con más de un registro en el padrón y ha recibido depósitos duplicados. En estos casos, las autoridades eliminan todos los registros irregulares y detienen los pagos futuros.
Finalmente, se encuentra la baja por defunción, que es obligatoria. Los familiares o personas auxiliares deben informar a la Secretaría de Bienestar en caso de fallecimiento del beneficiario. En este escenario, el programa otorga el llamado pago de marcha, un apoyo único de 3 mil 100 pesos, destinado a cubrir gastos inmediatos tras la muerte del adulto mayor.
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